El Ministro de Seguridad y Justicia, Gustavo Villatoro presentó esta tarde ante diputados de la Comisión de Seguridad Nacional, una serie de reformas a la Ley Penal Juvenil, Ley Contra el Crimen Organizado y Ley Penitenciaria. Los legisladores emitieron un dictamen a favor de reformar la Ley Penal Juvenil.
Las enmiendas a la normativa permitirán que los menores infractores cumplan sus condenas en centros penales de adultos cuando hayan sido encontrados culpables de cometer delitos de crimen organizado, como asesinato, secuestro y tráfico de armas. Con ello se evitará que estos reciban el mismo tratamiento penal que quienes han cometido delitos de menor gravedad o delinquido de manera aislada o eventual.
Para dar paso a esto, los legisladores también aprobaron otro dictamen a favor de modificar la Ley Penitenciaria.
Actualmente, la normativa regula que la medida de internamiento de menores de edad “se ejecutará en centros especiales para el menor infractor; los cuales serán diferentes a los destinados para los infractores sujetos a la legislación penal común”.
Los cambios a la ley posibilitarán que los menores sean separados en pabellones hasta que cumplan 18 años de edad. Una vez tengan la mayoría de edad, deberán ser sometidos al régimen general de adultos.
Los parlamentarios escucharon la opinión técnica del ministro de seguridad, Gustavo Villatoro, quien explicó que esta es la tercera fase de reformas que se presenta ante la Asamblea Legislativa, después de la implementación del Régimen de Excepción para combatir al crimen organizado en el país.
El funcionario sostuvo que estas modificaciones buscan ordenar el procesamiento de los menores de edad que pertenecen a una organización criminal.
“Casi tres años de régimen nos han demostrado la necesidad de estas reformas, porque muchos de ellos habían sido tratados con ese derecho penal primario, donde asumimos al delincuente como persona y no al delincuente como parte de una organización criminal”, aseguró Villatoro.
El ministro señaló que con la normativa vigente los menores de edad tienen la posibilidad de acceder a beneficios que les facilite su reinserción en la sociedad. Sin embargo, la realidad es diferente, ya que muchos de ellos retoman su organización criminal al salir de los centros penitenciarios, aseguró.
“Estos centros de menores van a seguir existiendo, pero no vamos a permitir una convivencia entre adultos y menores. Lo que teníamos eran verdaderas universidades para terroristas. Estos menores de edad van a estar hasta los 18 en un sector, de 18 a 21 años en otro sector y luego de 21 años entran a régimen para adultos. Juntos en la misma cárcel, pero divididos en edades”, explicó el funcionario.
Villatoro aclaró que las enmiendas propuestas no contradicen la Constitución de la República, tratados o convenios internacionales y se respetan las leyes secundarias.
Magistrado: reforma busca evitar “contaminación criminógena”
Durante el estudio de la iniciativa, los parlamentarios también escucharon los aportes técnicos del magistrado presidente de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Alejandro Quinteros.
“La actualización de la ley plantea unos cambios significativos en el tratamiento penitenciario, pues con esta reforma se reconoce que los menores de edad que participan en organizaciones criminales tienen una dinámica delictiva distinta a la de otros menores en conflicto con la ley”, apuntó Quinteros.
El magistrado señaló que se busca evitar la “contaminación criminógena” entre menores de edad con diferentes niveles de involucramiento en el sistema protegiendo a aquellos con menor grado de peligrosidad.
Se quiere evitar que los jóvenes peligrosos se puedan mezclar con los que se vinculan eventualmente con algún hecho delictivo. Es decir, “que se contagien a adolescentes con posibilidades de reeducación, de resocialización y los reafirmen en el camino de la delincuencia”. Además, explicó que la reforma permitirá una mayor coherencia con la Ley Contra el Crimen Organizado, porque se unifica y es así como se evita una duplicidad de criterios procesales y sustantivos.
Reformas a la Ley Contra el Crimen Organizado
La Comisión también emitió dictamen parcial para continuar estudiando una reforma a la Ley Contra el Crimen Organizado, con el objetivo de que los tribunales y cámaras contra el crimen organizado sean los encargados de vigilar y garantizar la ejecución de la penas impuestas por los delitos por la modalidad de crimen organizado.
El magistrado Quinteros expuso que, actualmente, son los jueces de vigilancia penitenciaria quienes realizan esta tarea, sin embargo, al modificar la normativa habrá mayor especialización en el control de la ejecución de penas, debido a que estos jueces y cámaras ya cuentan con experiencia en el análisis y procesamiento del delito, lo que les otorga un conocimiento más profundo.
De aprobarse la reforma, existirá mayor coherencia en la aplicación de las sanciones y en la ejecución de las penas por parte de los jueces. Actualmente, hay 44 jueces contra el crimen organizado distribuidos en 11 tribunales en todo el país.
“En proporción a la población, en el sistema penitenciario se ofrecería una mayor capacidad con 44 jueces que asumirán la responsabilidad de vigilar la ejecución de la pena versus 17 que ya tienen un volumen alto de carga. La propuesta de reforma ofrece un abordaje con una mayor capacidad instalada”, aseguró el funcionario.
Esto permitirá descongestionar el sistema y que los jueces penitenciarios se concentren en la carga de trabajo histórica, acumulada por otro tipo de delitos como violaciones o extorsiones, que no tienen nada que ver con el crimen organizado, así como delitos económicos, entre otros.
Los cambios a la ley evitarían beneficios penitenciarios que puedan generar la impunidad o la reorganización de los involucrados. Asimismo, reforzarían la seguridad ciudadana y la protección de la sociedad que se complementarían con las estrategias para combatir a los criminales.