El ex presidente salvadoreño Elías Antonio Saca González (2004-2009), quedará registrado en la historia del país como el primer mandatario desde la firma de los acuerdos de paz, que admite corrupción: en concreto ha confesado haber lavado dinero y haber cometido el delito de peculado.
A cambio de esta confesión, él y otros 3 de sus exfuncionarios, recibirán las penas mas bajas que establece la legislación salvadoreña por estos delitos, que en todo caso, todavía implica cárcel que va desde los 10 años para quienes han admitido peculado mas lavado de dinero y solo 5 años por admitir lavado de dinero.
Periodistas que cubren la fuente judicial, cuestionaron a la FGR sobre si la opinion publica, debe tomar este procedimiento, como un beneficio para los procesados en perjuicio de la sociedad.
Jorge Cortez, Jefe UIF, dice que reducir la pena del expresidente Saca y 3 de sus exfuncionarios a cambio de su confesión no significa otorgarles un beneficio. Es mas, las solicitudes de juicio abreviado fueron aprobadas por el Fiscal Douglas Melendez.
«No es prerrogativa, no es concesión y la ley lo permite. No estamos hablando de un beneficio», enfatizo el Jefe Fiscal.
Los antecedentes para este tipo de procedimientos, se encuentran en la ley anglosajona. El artículo 417 del Código Procesal Penal es claro cuando habla de como se puede admitir este proceso abreviado.
Art. 417.-Desde el inicio del procedimiento hasta la fase de incidentes en la vista pública, se podrá proponerla aplicación del procedimiento abreviado previsto en este título cuando concurran los presupuestos siguientes:
1) Que el fiscal solicite la aplicación de cualquier modalidad del régimen de penas previsto en el presente Título, según el delito atribuido.
2) Que el imputado confiese el hecho objeto de la imputación y consienta la aplicación de este procedimiento.
3) Que el defensor acredite que el imputado ha prestado su consentimiento libremente.
4) El consentimiento de la víctima, y si ésta ha querellado, bastará el de su abogado. En caso de negativa, el juez apreciará las razones expuestas, pudiendo llevar adelante el procedimiento abreviado aún sin el consentimiento de la víctima o del abogado que la representa en la querella.
El régimen de las penas que podrá acordarse entre el fiscal, el imputado y su defensor será el siguiente:
a) La aplicación desde la tercera parte del mínimo hasta el mínimo de la pena de prisión prevista para el delito imputado.
b) La solicitud de penas distintas a la prisión cuando el delito tenga prevista penas conjuntas o alternativas.
c) La reducción a la mitad del mínimo de las penas de arresto de fin de semana, arresto domiciliario o de la pena de multa.
La existencia de coimputados no impedirá la aplicación de estas reglas a alguno de ellos.
Y para tratar de entender que sigue ahora que estos cuatro exfuncionarios han admitido la comisión de estos delitos, hay que remitirnos a lo que dice el Articulo 418 del mismo Código Procesal Penal:
Art. 418.- Cuando se solicite la aplicación del procedimiento abreviado se procederá de la siguiente manera: Se dará lectura a los hechos atribuidos y el fiscal hará un breve análisis de los mismos y solicitará la aplicación de un régimen de pena de los previstos en este Capítulo según lo haya acordado con su contraparte; a continuación ofrecerá las pruebas que pretende incorporar en ese momento.
Seguidamente se concederá la palabra al defensor para que ratifique su adhesión al procedimiento, y acredite que el acusado se ha sometido al mismo según su libre consentimiento, después de haber comprendido sus consecuencias; de igual manera el juez que preside preguntará al imputado si consciente la aplicación de dicho procedimiento.
Si el imputado presta conformidad, rendirá de inmediato su confesión sobre el hecho atribuido; y será interrogado por el fiscal y su defensor si éstos lo estiman conveniente.
Acto seguido se incorporará la prueba documental, pericial y de objetos que se haya ofrecido, la cual podrá estipularse conforme a las reglas de este Código. Si fuere necesario recibir prueba testimonial se examinarán a los testigos que estuvieren presentes, los cuales serán interrogados de la manera prevista para ese medio de prueba. La falta de peritos o testigos no suspenderá la continuación del procedimiento abreviado.
Terminada la recepción de pruebas, el fiscal y el defensor presentarán sus conclusiones de manera concisa con el pedimento que pretenden, según los acuerdos convenidos.
El juez o tribunal pasará a deliberar y concluido tal acto, comunicará su decisión conforme a las reglas establecidas para la vista pública.
En caso de condena, la pena impuesta no podrá superar la requerida por el fiscal.
El juez o tribunal decidirá si corresponde reemplazar la pena de prisión o si concede la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
La sentencia será redactada conforme a las reglas que se establecen para su dictado y será apelable.
En lo que fuere aplicable regirán las normas del procedimiento común.
Jorge Cortez, jefe de la UIF, quiso explicar por qué la FGR aceptó abreviar el proceso y disminuir la pena a Saca y tres ex funcionarios más a pesar de tener un caso sólido, aclarando que este es un hito histórico pues es la primera vez que un ex presidente de la República y 3 altos ex funcionarios son condenados por hechos de esta naturaleza. Revelo que los imputados habían solicitados penas muchísimo menores.
Cortez, dijo ademas que próximamente darán a conocer la lista de testaferros del expresidente Saca. Asegura que esperan recuperar $25 millones en propiedades de Saca.
Mario Machado, abogado de Saca afirma que si bien han aceptado parte de los hechos considera que la pretensión de la Fiscalía sobre que se devuelvan $300 millones «es difícil de probar». «En este acuerdo van a haber devolución de bienes. No le puedo decir cuanto», afirma.
«No es prerrogativa, no es concesión y la ley lo permite. No estamos hablando de un beneficio», enfatizo el Jefe Fiscal Jorge Cortéz.
¡Grande el expresidente Saca! a pesar que todo mundo lo está apedreando, él admite que se cometió errores como todo ser humano y más aun, está en toda la disposición de enmendarlos. Ha sido EL MEJOR PRESIDENTE que ha tenido El Salvador y es una lástima que se haya ido de ARENA, porque fue un hombre que hizo mucho bien al país. TODO EL SALVADOR está contigo Tony, y esperamos que salgas luego de esta pesadilla y te recordaremos como un hombre de valor que reconoce y enmienda sus errores.
Vaya y nosotros no nos podemos pensionar porque nos robaron las AFP y ARENA con su maldita reforma que el FMLN también apoyo y estos galan con millones asegurados para vivir y los empleados nosotros ni el dinero nuestro nos devuelven y que nos han TIMADO con la pensión que nos quiere dar ladrones descarados
Vaya y nosotros no nos podemos pensionar porque nos robaron las AFP y ARENA con su maldita reforma que el FMLN también apoyo y estos galan con millones asegurados para vivir y los empleados nosotros ni el dinero nuestro nos devuelven y que nos han TIMADO con la pensión que nos quiere dar ladrones descarados
Lo que entiendo es que a los funcionarios que se les pagaron sobresueldos y que no declararon al MH quedarán impunes, ya que no los obligarán a declarar en un Juicio abreviado. Todo lo han hecho a beneficio de unos pocos y el Fiscal se ha prestado al juego; ojala no le haga compañía al anterior fiscal en la misma celda, se acuerdan de CEL-ENEL el Fiscal General le hizo caso a una empresa privada que puso como requisito no enjuiciar a los que estaban involucrados y el Fiscal aceptó, por lo que el Juez los declaró culpables pero los… Leer más »
Y cuando veremos a los otros presidentes de Arena de vacaciones en Mariona?.. Si no fuera porque Funes destapo la cloaca….
Esto es un indicio que tiene mucho dinero escondido, que sirvenguenzas los fiscales por prestarse a eso o ya les dieron su tajadita
A LOS MAREROS LES DIGO: SE LES ACABO LA FIESTA…… SABIAS PALABRAS DE MI AMIGO TONY SACA, CUANDO ESTABA ROBANDO EN EL GOBIERNO……JAJAJAJAJA