En sus primeras dos sentencia, la nueva Sala de lo Constitucional, declaró improcedentes dos demandas de inconstitucionalidad contra la candidatura a la presidencia de Nayib Bukele, por el partido Gana, por lo que este tiene vía libre para continuar con sus aspiraciones presidenciales.
Ambas demandas fueron presentadas por el abogado Herbert Danilo Vega Cruz, el mismo que durante la anterior Sala, denominada como la de «Los cuatro fantásticos», presentó más de 300 amparos.
En una primera sentencia, la Sala rechazó una petición que cuestiona la moralidad y competencia notoria de Bukele, y en otra no encontró motivos que sustentaran un presunto transfuguismo. El abogado pedía que, bajo tales señalamientos, la Corte Suprema de Justicia dictara la medida cautelar en contra de la candidatura.
Vega Cruz pidió se declarara inconstitucional la inscripción de Bukele para la presidencia de la República, por supuesta vulneración a los artículos 72, 85 y 151 de la Constitución.
No verificación de la moralidad y competencia notoria
Sobre la primera solicitud, el abogado cuestionó la candidatura presidencial de su demandado, ya que a su juicio, el Tribunal Supremo Electoral, TSE, no verificó el cumplimiento de los requisitos de moralidad y competencia notoria, y que tampoco se pidieron informes a la PNC, Dirección de Centros Penales, Procuraduría General de la República, y otras entidades de Estado que dieran fe de que el aspirante a la presidencia está apto para pretender el cargo.
Según los magistrados, «el planteamiento del demandante es deficiente en su fundamento argumentativo, porque carece de respaldo objetivo o verificable«.
La resolución explica que «en lugar de aportar argumentos y elementos objetivos para sustentar su reproche de inconstitucionalidad contra la resolución que admite la candidatura del ciudadano Nayib Armando Bukele Ortez…, el demandante se limita a afirmar que el ente electoral no verificó si dicha persona cumplía los requisitos de moralidad e instrucción notoria, y a narrar distintos procedimientos judiciales y administrativos en trámite o en investigación que supuestamente se siguen en contra del señor Bukele Ortez».
«Por tanto, la demanda que contiene la pretensión deberá declararse improcedente. Y puesto que la demanda debe rechazarse, es innecesario pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada por el actor», resolvió la Sala.
La segunda demanda por fraude de ley y transfuguismo
La otra denuncia tiene que ver con un presunto fraude de ley y transfuguismo, lo que inhabilitaría a Bukele de correr por la presidencia.
El argumento presentado por el abogado es que el candidato de Gana fue expulsado del partido FMLN en octubre de 2017, pero que anunció su precandidatura para el 3 de febrero de 2019 bajo la bandera de un partido inexistente, como era en aquel momento Nuevas Ideas, que estaba en formación; pero que antes (el 28 de junio de 2018) se había afiliado a Cambio Democrático del cual renunció el 25 de julio del año en curso para afiliarse a Gana y poder participar en elecciones internas para elegir candidato.
Según Vega, Gana violó el principio de democracia interna porque no consultó a las bases la afiliación de Bukele y que su inscripción se dio cinco días antes de realizar el proceso interno, por lo que lo considera un fraude de ley porque el ahora candidato fue afiliado fuera de las instalaciones de Gana. Para el abogado, estamos ante un supuesto transfuguismo porque Bukele “no tiene identidad política-filosófica e ideológica propia por haberse afiliado a distintos partidos con la finalidad de llegar a la presidencia de la República».
Comunicado de la Sala de lo Constitucional: se declara improcedente la demanda contra inscripción de candidatura presidencial del señor Nayib Bukele https://t.co/wme0Kkxz8U
— Sala de lo Constitucional (@SalaCnalSV) December 18, 2018
Argumentos de la Sala
En su sentencia, los magistrados de la Sala de lo Constitucional afirmaron que el planteamiento del abogado Vega Cruz tiene defectos argumentativos, ya que este se limita a afirmar que Gana no consultó a las bases del partido sobre la afiliación y precandidatura de Bukele a quién considera un tránsfuga por afiliarse a distintos institutos políticos.
«Respecto al primer cuestionamiento de inconstitucionalidad —inobservancia al principio de democracia interna de los partidos políticos— Vega Cruz no aporta los argumentos y elementos objetivos para sustentar su reproche de inconstitucionalidad contra la resolución que inscribe la candidatura del ciudadano Nayib Armando Bukele Ortez, por ejemplo, copia del procedimiento de elección interna en el partido GANA y copias del expediente del TSE donde consta su inscripción como candidato a la presidencia de la República», sostiene la sentencia.
El documento agrega que «dichas afirmaciones no brindan la base corroborativa suficiente para justificar el inicio del presente proceso y por esa razón la demanda que contiene este punto de la pretensión se declarará improcedente».
En torno a un supuesto transfuguismo en que incurre Nayib Bukele, según el demandante, la Sala advierte que el transfuguismo político es para diputados y concejos municipales y que se amonesta cuando políticos con cargos públicos dejan un partido mediante el cual fueron elegidos para ingresar a otros.
El demandante no argumenta que Bukele haya desempeñado el cargo de diputado o miembro de concejo municipal y por qué esta forma de entender dicha figura le pueda ser aplicable a la persona que sea candidata a la presidencia de la República —“transfuguismo presidencial”—.
«Los argumentos esgrimidos no permiten verificar mínima o tentativamente el contraste normativo formulado por el actor para demostrar la inconstitucionalidad alegada y por eso se declarará improcedente la demanda en este punto de la pretensión», expone la sentencia.
Excusa del sistema tradicionalista «de algunos» por no sentirse capaz de vencer en las urnas a los otros que tienen derecho a participar en el evento electoral Feb/2019, si al final el pueblo es el que tienen la última palabra!
Ya el tren los dejó y se engañan ellos mismos queriendo «zancadillar» a la nueva generación de salvadoreños : tan perdidos los tradicionalistas!
Mas que argumentos del Abogado es mas un reproche sin argumentos valederos de ahi que lo hayan rechazado..es un defecto recurrente de los impetrantes solo para ganar fama o talvez ser parte de un complot diabolico
segun dijeron los constitucionales que habian mas de 1300 demandas que solucionar, mas sin embargo le dan prioridad a las demandas de ese abogado tarado.Y que paso con las 1300 demandas anteriores?
El abogado dinamitero y sus deschavetados argumentos, hay que ingresar a este chiflado peón arenarco champero.
Los areneros especialmente los riquillos han de estar que les arde el fundillo de encachimbados !!!!está sala no les va a hacer el juego sucio y perverso de sus intereses !!!
Viento en popa…!!!!. buena señal para la nave que recién inicia la travesía por nuestras aguas infestada de tiburones.
Las elecciones se ganan con votos y respetando la voluntad popular, ya basta que los mismos sectores economicamente poderosos, que se siente amenazados por una candidatura independiente y que no representa sus intereses politicos quieran seguir manipulando instancias judiciales para buscar eliminar al candidato de «Nuevas Ideas» Nayib Bukele. Cual es el miedo? ni Arena/fmln pueden representar una opcion de cambio en este pais sumido en la peor crisis social, con tanta miseria y violencia, en medio de las mas espantosa bancarrota moral, economica y ecologica que afecta la mayoria de la poblacion de este pais. Fueron las politicas de… Leer más »
Quedaste mal visto Danilo, mejor enfrenté el juicio en tu contra jajajaja.