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Sala de lo Constitucional ordena a TSE inicie anulación de CD y PSD

La Sala ordenó al TSE emitir las resoluciones de cancelación de los partidos que no alcanzaron 50 mil votos en elecciones pasadas

porRedacción Diario La Página
martes, 10 julio 2018 7:27 PM
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Sigfrido Reyes advierte que «4 fantásticos» quieren quedarse

Magistrados de la Sala de lo Constitucional./ Foto: Corte Suprema de Justicia

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La Sala de lo Constitucional ordenó al Tribunal Supremo Electoral, TSE, emitir las resoluciones correspondientes en cada uno de los procesos de cancelación de los partidos Cambio Democrático, y Partido Social Demócrata, PSD.

Los magistrados firmantes, conocidos como «Los Cuatro Fantásticos», Sidney Blanco, Belarmino Jaime, Florentín Meléndez y Rodolfo González, más el presidente de la CSJ, Oscar Pineda, valoraron unánimemente que el artículo 47 inciso 1 letras c y g de la Ley de Partidos Políticos, el cual establece una barrera electoral para la subsistencia de un partido político, no es inconstitucional. Por tanto, ordena al TSE emitir las resoluciones para cancelar a los partidos en mención, conforme a los parámetros contenidos en la sentencia.

La sentencia emitida este martes 10 de julio cae como balde de agua fría para el líder de Nuevas Ideas, Nayib Bukele, quien había anunciado una alianza con CD para participar como candidato presidencial en 2019.

Los demandantes de la inconstitucionalidad y el TSE (quien inaplicó la norma) manifestaron que el artículo antes mencionado vulneraba el principio del pluralismo político, al ordenar la cancelación de aquellos partidos que –individualmente considerados o en coalición– no logren alcanzar 50,000 votos válidos a su favor.

Consideraron además que “no se tiene claridad de un criterio que no sea arbitrario para que el legislador estableciera que una cantidad menor a cincuenta mil ciudadanos ya no es una minoría ideológica y política razonable”, lo cual –según su demanda– transgrede la Constitución.

La Sala estableció que el artículo 47 inciso 1 letras c y g de la Ley de Partidos Políticos no es inconstitucional. Primero, porque los peticionarios soslayan la función de la barrera electoral (medir la representación democrática de los partidos políticos), es decir, la capacidad de los resultados electorales para evaluar el rechazo tácito de las ofertas electorales que no satisfacen las expectativas de los ciudadanos, idea central en toda democracia que garantiza que el electorado tenga la última palabra en el traslado de la responsabilidad política hacia los funcionarios electos por voto popular. Y, segundo, ya que no justifican por qué el artículo objetado es incompatible con la Constitución, a pesar de que la disposición objetada protege el resultado electoral y el sistema plural de partidos políticos, al no ordenar la cancelación del partido que obtuvo un escaño en la Asamblea Legislativa.

Es decir, no expresan razones para considerar como inconstitucional la causal de cancelación, aun cuando es viable la obtención de un diputación con menos votos de los exigidos por el artículo impugnado.

En consecuencia, la Sala considera que el Órgano Legislativo ha diseñado una barrera electoral de cancelación de partidos políticos que privilegia la representación democrática, puesto que se fundamenta en la obtención de una diputación en ese órgano del Estado, garantizando especialmente el derecho de las “minorías” a ser representadas siempre que estas sean los suficientemente consolidadas.

Con base en lo anterior, el TSE debió aplicar dicha norma y, por tanto, tomar una decisión con base en ella.

Al no hacerlo, debido a que la decisión no fue tomada con el quórum de votación necesario (mayoría calificada y no mayoría simple) se le ordena que emita las resoluciones correspondientes en cada uno de los procesos de cancelación de los partidos políticos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 47 inciso 1 letras c y g de la Ley de Partidos Políticos y lo explicado en la sentencia.

El propósito es reconocer los resultados electorales producidos en el proceso eleccionario legislativo del año 2015 y la capacidad de estos para, por una parte, medir el rechazo tácito de las ofertas electorales que no satisfacen las expectativas de los ciudadanos y, por otra, incidir en la configuración del sistema plural de partidos políticos.

Lea aquí la sentencia de la Sala que pone fin a Cambio Democrático y Partido Social Demócrata

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Qué triste final de esta Sala! Venderse!
Qué triste final de esta Sala! Venderse!
6 años atrás

Qué vergüenza! Siempre creí que eran personas honorables, hicieron muchas cosas que cambió la política del país para bien, pero que al final se VENDIERAN CON ARENA, nunca lo imaginé! Realmente están jugando con el pueblo HONESTO, que ya no queremos más corruptos de arena y fmln. Queremos un cambio, somos clase media y baja que ya no aguantamos que se sigan robando el dinero que cada mes nos descuentan de nuestro sueldo, mientras los políticos se recetan lo que quieren y no pasa nada… No queremos más violencia, ni caer como Nicaragua, pero esto que está haciendo Arena no… Leer más »

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Luianm
Luianm
6 años atrás

La verdad que no habian habido magistrados que defendieran la constitucion como los actuales…y claro como dicen las verdades a nadie le gusta. Casi nadie ve con objetividad las resoluciones de la sala…todo mundo se apasiona e insulta..y todo porque el Nayib quiere ser presidente…ni su $$ le ha servido

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Carlos
Carlos
6 años atrás

Que verguenza! La Sala salio por la puerta de atras con esta decision y no solo eso se dio a conocer y mucha gente que los critico de parcializados ahora tienen la razon. Hizo cosas contra la izquierda de manera recurrente, hizo cosas contra organismos que no coincidieron con la realidad y ahora tambien hace cosas fuera de orden contra Nuevas Ideas y Cambio Democratico. A la vista esta que este bastardos le hacen el mandado a la derecha recalcitrante que hace y deshace en este pequeño pais. Por eso los areneros les vale madre hacer sinverguenzadas en diferentes situaciones… Leer más »

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Luis Moreno
Luis Moreno
6 años atrás

El golpe de gracia antes de abandonar su cargo,cumplieron con lo que sus Patrones les dijeron que hicieran, pero la Historia los juzgara en el futuro,lo malo es que despues ocuparan cargos que seguiran influyendo en el ambiente Politico pues uno de Ellos quiere ser Fiscal general de la Nacion,bueno nada se puede hacer contra el verdadero Poder que domina a esta Nacion: El Poder Economico, los Millonarios de siempre, asi que no queda mas remedio que aguantarse y hacer la voluntad de estos Poderosos y la vida sigue igual.

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Diana
Diana
6 años atrás

No hay palabras para describir semejante maldad de estas cuatro viboras. Pobrecito mi pueblo.

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Desterrado
Desterrado
6 años atrás

Éstos tipejos tuvieron más de 2 años para hacer su trabajo y no lo hicieron y hoy que el otro tipo anuncio su unión vienen éstos arrastrados y sacan ésta resolución, ahora que ya hubo otras elecciones y que CD hasta tiene diputado. Quién supervisa a éstos semidioses? Quién fiscaliza su trabajo. Todo apunta que estamos volviendo al pasado.

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Lukas R.
Lukas R.
6 años atrás

LOS 4 FANTASTICOS DE LA SALA DE LO INCOSTITUCIONAL VUELVEN A REGAR LA LECHE EN LAS OSTIAS CON ESTA NUEVA RESOLUCIÒN NO SOLO DEMUESTRAN EL PANICO HACIA LA PARTICIPACION DE NAYIB BUKELE PARA ACILITAR UN POCO EL GANE DEL CANDIDATO DE ARENA QUITANDOLE ESTE CONTRINCANTE, SINO QUE TAMBIEN RESTARLE FUERZAS A LA DEMOCRACIA ELIMINANDO A LOS PARTIDOS DE CENTRO IZQUIERDA CD Y PSD VIOLANDO ASI LA FAMOSA CONSTITUCION DE DICEN RESPETAR Y PISOTEANDO EL DERECHA DE MAS DE 100 MIL SALVADOREÑOS AFILIADOS A ESTOS 2 PARTIDOS. LA SALA HA COMETIDO UN DELITO LEGAL COTRA LA DEMOCRACIA INACEPTABLE YA QUE CESARIA… Leer más »

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Salva
Salva
6 años atrás

La sala de los corruptos mal nacidos inumanos de el salvador, los vende patria los culey de la indosincracia de el salvador

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