La Sala de lo Constitucional ordenó al Tribunal Supremo Electoral, TSE, emitir las resoluciones correspondientes en cada uno de los procesos de cancelación de los partidos Cambio Democrático, y Partido Social Demócrata, PSD.
Los magistrados firmantes, conocidos como «Los Cuatro Fantásticos», Sidney Blanco, Belarmino Jaime, Florentín Meléndez y Rodolfo González, más el presidente de la CSJ, Oscar Pineda, valoraron unánimemente que el artículo 47 inciso 1 letras c y g de la Ley de Partidos Políticos, el cual establece una barrera electoral para la subsistencia de un partido político, no es inconstitucional. Por tanto, ordena al TSE emitir las resoluciones para cancelar a los partidos en mención, conforme a los parámetros contenidos en la sentencia.
La sentencia emitida este martes 10 de julio cae como balde de agua fría para el líder de Nuevas Ideas, Nayib Bukele, quien había anunciado una alianza con CD para participar como candidato presidencial en 2019.
Los demandantes de la inconstitucionalidad y el TSE (quien inaplicó la norma) manifestaron que el artículo antes mencionado vulneraba el principio del pluralismo político, al ordenar la cancelación de aquellos partidos que –individualmente considerados o en coalición– no logren alcanzar 50,000 votos válidos a su favor.
Consideraron además que “no se tiene claridad de un criterio que no sea arbitrario para que el legislador estableciera que una cantidad menor a cincuenta mil ciudadanos ya no es una minoría ideológica y política razonable”, lo cual –según su demanda– transgrede la Constitución.
La Sala estableció que el artículo 47 inciso 1 letras c y g de la Ley de Partidos Políticos no es inconstitucional. Primero, porque los peticionarios soslayan la función de la barrera electoral (medir la representación democrática de los partidos políticos), es decir, la capacidad de los resultados electorales para evaluar el rechazo tácito de las ofertas electorales que no satisfacen las expectativas de los ciudadanos, idea central en toda democracia que garantiza que el electorado tenga la última palabra en el traslado de la responsabilidad política hacia los funcionarios electos por voto popular. Y, segundo, ya que no justifican por qué el artículo objetado es incompatible con la Constitución, a pesar de que la disposición objetada protege el resultado electoral y el sistema plural de partidos políticos, al no ordenar la cancelación del partido que obtuvo un escaño en la Asamblea Legislativa.
Es decir, no expresan razones para considerar como inconstitucional la causal de cancelación, aun cuando es viable la obtención de un diputación con menos votos de los exigidos por el artículo impugnado.
En consecuencia, la Sala considera que el Órgano Legislativo ha diseñado una barrera electoral de cancelación de partidos políticos que privilegia la representación democrática, puesto que se fundamenta en la obtención de una diputación en ese órgano del Estado, garantizando especialmente el derecho de las “minorías” a ser representadas siempre que estas sean los suficientemente consolidadas.
Con base en lo anterior, el TSE debió aplicar dicha norma y, por tanto, tomar una decisión con base en ella.
Al no hacerlo, debido a que la decisión no fue tomada con el quórum de votación necesario (mayoría calificada y no mayoría simple) se le ordena que emita las resoluciones correspondientes en cada uno de los procesos de cancelación de los partidos políticos, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 47 inciso 1 letras c y g de la Ley de Partidos Políticos y lo explicado en la sentencia.
El propósito es reconocer los resultados electorales producidos en el proceso eleccionario legislativo del año 2015 y la capacidad de estos para, por una parte, medir el rechazo tácito de las ofertas electorales que no satisfacen las expectativas de los ciudadanos y, por otra, incidir en la configuración del sistema plural de partidos políticos.
Lea aquí la sentencia de la Sala que pone fin a Cambio Democrático y Partido Social Demócrata
de fantasticos no tienen nada! vende patrias al mejor postor,cuando el pais podria haberse revindicado, vienen los 4 m,para seguir polarizando mas al pais! haciendo que el pais este mas dividido,pudiendo haber mas opciones ! para no seguir con las mismas corrupciones de estos partidos de gobiernos del frente y de arena, que han defalcado al pais.que mas se podria esperar .
Bueno……les llegaron al precio, bien dicho por LA PLATA BAILA EL MONO…» verguenza de abogados.
Como es possible que cuatro sinverguenzas tengan mas peso que todo un pueblo…Senores no se metan con el pueblo Salvadoreno ….La gente no es tonta y no permitir que Nayib participe les puede costar muy caro …La sala se declara enemiga del pueblo….
SE LLEGO LA HORA DE IR A PROTESTAR EN CONTRA DE ESTOS CUATRO INCONSTITUCIONALES PUEBLO!
AHORA SI HAY QUE DECIRLES QUIEN MANDA AQUI! (EL PUEBLO)…UNIDOS VENCEREMOS!
Y0 NO LES DESE0 MAL, pero tampoco voy a llorar el dia que se mueran estos 4 hij0s de pvta.
Estos 4 perros muertos de hambre son la peor escoria que ha parido esta nación, simplemente son vomito, son los 4 innombrables que le están tocando los huevos al tigre, Y hay un Karma que muy pronto caerá sobre ustedes
Ya basta de llamarlos los cuatro fantásticos, esos son LOS CUATRO JINETES DEL APOCALIPSIS ese el el nombre que mejor les va a esos.
Estos 4 cerdos, Majesarrastrados no tienen nada de fantasticos y son los choleros de los mismos de siempre.
Pero no me he de morir sin verlos en la carcel, por que son unos corruptos que se han enriquesido ilicitamente a costa de tantas mordidas que han recibido de los corruptores.
4 Majesarrastrados, lambe c…os FUEEERAAAAA.