La Sala de lo Constitucional emitió este viernes una sentencia de inconstitucionalidad en contra del Decreto Ejecutivo número 32, el cual regula las fases de la reapertura económica, y a la vez habilita al ministerio de Salud a tomar todas las medidas necesarias («incluso extraordinarias») para prevenir el contagio de la covid-19.
La Sala argumenta que el Decreto 32 contradice una sentencia anterior, en el que el Ejecutivo asume competencias que no le corresponden.
«Declárase inconstitucional el Decreto Ejecutivo número 32, de 29 de julio de 2020, que contiene los ‘Protocolos sanitarios para garantizar los derechos a la salud y a la vida de las personas, en el proceso de reactivación gradual de la economía, durante la pandemia por COVID19, aplicables en las zonas occidental, central y oriental de la República de El Salvador’”, dice la sentencia, y aclara que su contenido contradice los parámetros constitucionales establecidos en la sentencia emitida, relacionados con la suspensión y limitación de derechos fundamentales; «sin embargo, por lo explicado, este producirá efectos jurídicos hasta el 23 de agosto del corriente año, dicha fecha inclusive», dice el documento.
Al mismo tiempo, los magistrados hacen un llamado a la Asamblea Legislativa y al Órgano Ejecutivo «a estar atentos a la evolución de la pandemia» y colaborar entre ambos poderes para gestionar «de manera técnica y concertada» leyes en beneficio de los habitantes de la República. Sin embargo, reitera a dichos órganos que «están inhabilitados para replicar los aspectos señalados como inconstitucionales en la sentencia emitida en el presente proceso», es decir, no pueden violentar los derechos constitucionales de la población.
Agrega la sentencia que el Ejecutivo, en el ramo de la Salud, está habilitado para emitir los protocolos que establezcan medidas, «incluso extraordinarias, a tener en cuenta de manera obligatoria por las personas y empresas en los centros de salud, lugares de trabajo, negocios, centros educativos y recreativos, hogares, medios de transporte, etc., para prevenir el peligro, combatir el daño y evitar la propagación del COVID-19; siempre y cuando dichos protocolos no supongan una limitación o suspensión, de hecho, de los derechos fundamentales de las personas, tal como se explicó en la sentencia en cuestión y en el presente pronunciamiento».
Por su parte, el presidente Nayib Bukele reaccionó ante la sentencia, y afirmó que «en todos los países del mundo, los Gobiernos ordenan las reaperturas, gradualmente, para controlar la pandemia. «En El Salvador, hoy eso también es inconstitucional. ¿Ya no les importa nada?», dijo.
Seguidamente, el mandatario adujo que detrás de la sentencia hay una estrategia electoral. «¿Caos antes de las elecciones? ¿Esa es la estrategia? ¿No les importa ver más salvadoreños morir, para proteger a los partidos que les dieron sus cargos?», cuestionó.
El pasado 29 de julio, Bukele publicó el Decreto Ejecutivo número 32 ante el rechazo de los diputados a aprobar un Régimen de Excepción que confinara a la población durante 15 días. Según el jefe de estado, con esta medida se frenaría la curva de contagio de covid-19 y se reduciría el número de casos y muertes en el país.
Según el Decreto, la fase uno estaría vigente hasta el 19 de agosto; la fase 2, que implica el reinicio del transporte colectivo, comenzaría el 20 de agosto y se mantendrá hasta el 3 de septiembre; la fase tres iniciaría el 4 de septiembre y estaría vigente hasta el 18 de septiembre. Y las fases cuatro y cinco iniciarían el 19 de septiembre y el 4 de octubre respectivamente.
EL PRESIDENTE BUKELE ES EL UNICO QUE PUEDE Y DEBE HACER LO QUE EL CREHA CONVENIENTE PARA EL BIEN DEL PUEBLO, LA ASAMBLEA LEGISLATIVA QUE NO MAME, ESTAN FUERA DE TODO NEGOCIO, NO MAS ROBOS.