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Proponen reformas al Código de Trabajo para agilizar procesos en los Juzgados de lo Laboral

De acuerdo al diputado Mulato, junto a estas reformas de los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo, se estudiará la incorporación de la modificación del artículo 586 de esa normativa, que trata sobre los montos económicos.

porRedacción Diario La Página
lunes, 14 noviembre 2022 3:47 PM
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Proponen reformas al Código de Trabajo para agilizar procesos en los Juzgados de lo Laboral
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Simplificar y agilizar los procesos jurídicos, tener más eficiencia con los recursos del Estado y buscar una armonía adecuada entre empleadores y empleados son algunos de los aspectos en los que la Comisión de Trabajo busca legislar con la propuesta de reforma de los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo.

De acuerdo a lo expresado por los parlamentarios, el objetivo es aumentar la suma por la cual un juicio puede resolverse mediante un proceso abreviado, debido a que la cuantía actual es de 200 colones, equivalente a $22.87, un monto que no corresponde a la realidad del país.

“El Código de Trabajo tiene muchos vacíos de ley y es por eso que nos interesa ejecutar diversas reformas”, señaló el presidente de la mesa legislativa, Edgardo Mulato, quien agregó que la normativa tiene 50 años de haber sido emitida (1972).

Imagen
Presidente de la mesa legislativa, Edgardo Mulato. | DIARIO LA PÁGINA | Foto: Cortesía.

La normativa que rige el campo laboral establece que las demandas y los juicios en los que el monto reclamado sea mayor a 200 colones serán resueltos mediante juicios ordinarios, lo que implica seguir procesos judiciales que pueden demorarse varios meses.

La propuesta, por tanto, es aumentar ese techo y actualizar la cifra a dólares, para posibilitar que los procesos se resuelvan de forma más expedita y con ello contribuir a reducir la mora judicial que puedan tener los Juzgados de lo Laboral.

Según la propuesta, la cifra estipulada quedaría en $2,000. Los casos en los que se reclame dicha cantidad o menor a esta podrán resolverse con procesos abreviados.

“El objetivo de la reforma es resolver los problemas jurídicos a los trabajadores en el menor tiempo posible. El juez de lo Laboral podrá tener más herramientas que le permita simplificar los procesos, por ende se descongestionarán los juzgados y con esto el Estado tendría un ahorro”, afirmó la diputada Evelyn Merlos.

https://twitter.com/BancadaCyan/status/1592216129459859456?s=20&t=oNkWHbd9LH1A8tX3h7fK0A

Su colega Héctor Sales sostuvo: “Nuestra prioridad es poner en el centro a los empleados y los derechos de estos. Por eso queremos que estos tengan una pronta y cumplida justicia”.

Unas reformas viables y necesarias

Para realizar un análisis fundamentado y con argumentos válidos, la comisión recibió a expertos en materia de lo Laboral para desarrollar el estudio pertinente de las reformas propuestas.

Ante la comisión se presentó Gerardo Ramírez, magistrado de la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia (CSJ); Roberto Cáceres, magistrado de la Cámara Primera de lo Laboral; y Roberto Carpio, abogado que se desempeña en materia laboral.

Los tres invitados coincidieron en que las reformas son viables, porque los procesos jurídicos en los que recaen la mayoría de casos –por tratarse mayor al monto de los $22.87– son largos.

Los profesionales indicaron que las etapas del proceso abreviado serían lo más favorable, porque estas son: Introducción de la demanda, contestación de esta, ofrecimiento de pruebas y la audiencia única; mientras que en el proceso común son más etapas: Demanda, contestación de esta, etapa de la conciliación, etapa del ofrecimiento de pruebas, audiencia preparatoria y juicio.

“El artículo 378, que habla de la cuantía, debió haberse cambiado desde hace tiempo, porque la carga de los tribunales es bastante alta y esta modificación cumpliría la celeridad de los procesos”, argumentó el magistrado Ramírez Sánchez.

Además, el magistrado Cáceres hizo la reseña de la existencia del Código de Trabajo e indicó que la redacción del mismo respondió a las necesidades de la época de emisión.

“Antes el salario mínimo era de 105 colones, por lo que se tomó el 20% de esa suma, así que responde a un momento coyuntural y económico que no se equipara a la actualidad”, dijo Cáceres.

Por su parte, Carpiodijo manifestó: “El procedimiento ordinario actualmente tiene una cuantía que no está acoplada a la realidad y es un proceso largo, porque consta de seis u ocho etapas y la persona trabajadora no ve resuelta su situación jurídica de una manera pronta”.

https://twitter.com/EdgardoMulatoSV/status/1592226725546840065?s=20&t=oNkWHbd9LH1A8tX3h7fK0A

De acuerdo al diputado Mulato, junto a estas reformas de los artículos 378 y 425 del Código de Trabajo, se estudiará la incorporación de la modificación del artículo 586 de esa normativa, que trata sobre los montos económicos.

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