El ministerio de Trabajo interpuso este martes una demanda en contra del alcalde de la ciudad de Santa Tecla, por apropiación de cuotas sindicales, tipificado y sancionado en el artículo 245 del Código Penal, en perjuicio del empleados de la municipalidad quienes se han visto afectados por la medida.
El aviso penal está firmado por el ministro del ramo, Rolando Castro, quien señaló que la retención de cuotas de los trabajadores es un delito en contra de la ley y en perjuicio del orden socioeconómico y subsidiariamente en perjuicio de los señores miembros del sindicato de trabajadores municipales de la Alcaldía Municipal de Santa Tecla, SITRAMSAT.
El artículo 245 del Código en mención señala sobre la apropiación o retención de cuotas laborales que «El patrono, empleador, pagador institucional, o cualquier otra persona responsable de la retención, que se apropiare o que retuviere ilegalmente fondos, contribuciones, cotizaciones, cuotas de amortización de préstamos de los trabajadores o cuentas destinadas legalmente al Estado, instituciones de crédito o bancarias, intermediarios financieros bancarios o no bancarios, o instituciones de asistencia social, seguridad social o sindical; o no los ingrese en tales instituciones en el plazo y monto determinado en la ley, en el contrato correspondiente o en la orden de descuento, será sancionado con prisión de cuatro a ocho años».
Asimismo, la legislación establece que «para la fijación de la sanción, el juez tomará en cuenta el número de cuotas retenidas y la cuantía de las mismas».
Señor Fiscal General, @MelaraRaul con base a la ley, le sustento técnicamente las pruebas, por lo que pido a Ud. proceder contra este infractor de la ley @rdaubuisson ya que los funcionarios públicos estamos obligados a cumplir y hacer cumplir de forma irrestricta la ley pic.twitter.com/s0uwZwWclL
— Rolando Castro (@RolandoCastroSv) October 29, 2019
Según la normativa laboral, lo que se dispone en dicho artículo «se aplicará en una tercera parte más de la pena máxima señalada, cuando el empleador o agente de retención responsable se apropiare de cuotas alimenticias».
El alcalde estaría obligado, tal como lo establece la ley salvadoreña, a la reparación del daño por la comisión de este delito, que «no podrá ser inferior al monto de las cuotas dejadas de enterar, con sus respectivos intereses legales».
La época de este alcalde mediocre va llegando a su fin, quizás Ortiz y sus ratas de equipo eran ruines, pero hizo más historia que Robertillo que realmente ni hizo eco más que por un mal proceder que costó hasta una vida. Otros deben gobernar ST ,
es un logro de los que se matan trabaando en el pais del norte ellos son los verdaderos heroes por ellos han extendido el tps , los demas son metidos,por qiue ninguno de ellos trabaja amparados al tps, abusivos
El ADN de todo arenero es que sea ladrón y matarife como el tata de este indigesto marica!!
Esta bien la accion pero asi como estos casos hay muchos, por mencionar bodegas de calzado en lazona pedregal, nombre vamos a por todos! no es justo que me descuenten ISSS y AFP y no tengo estos beneficios!
ASI DEBERIAN HACER CON LA ALCALDESA DE SANTA MARÍA MUNICIPIO DE USULUTAN, PORQUE LLEVA COMO CUATRO MESES DE NO PAGARLE A LOS EMPLEADOS MUNICIPALES, TRABAJAN POR NECESIDAD PARA EL SUSTENTO DE SUS FAMILIAS Y QUE NO SE LES PAGUE, DE VERDAD QUE INDIGNA.
El delito es contra la alcaldía no contra el funcionario, es de ver el caso en si, no dicen nada contra los que tienen a las pobres sirvientas ganando 100 dolares a la quincena pero los toca trabajar 20 horas diarias y con descanso solo 2 dias al mes
SR. MINISTRO DE TRABAJO Y SR. FISCAL DE LA REPÚBLICA, CASO SIMILAR SE ESTA PASANDO CON LOS EMPLEADO Y EX-EMPLEADOS DE LAS TIENDAS DE LOS PENALES, FAVOR REVISAR PARA QUE NO SE LES SIGA DETENIENDO LO ADEUDADO, YA QUE EL SALARIO DE LOS TRABAJ ES SAGRADO
Yo visito Santa Tecla todos los días es una ciudad bien segura, pero bien dice el adagio nadie puede ver ojos bonitos en cara ajena. que barabridad¡¡¡¡