La Asamblea Legislativa suspendió durante 15 días más, los términos y plazos procesales en los procedimientos administrativos y procesos judiciales, cualquiera que sea la materia y la instancia en la que se encuentren; asimismo se suspende el plazo y celebración de audiencias de la jurisdicción penal común, jurisdicciones especializadas en materia penal, aplicándose a las audiencias que se celebran en sedes administrativas, dentro de lo resuelto por la Sala de lo Constitucional.
Los diputados determinaron que quedan excluidos de esta disposición los plazos previstos por la Constitución de la República para la detención administrativa, el término de inquirir y consecuentemente, las audiencias derivadas de este último; así como lo relativo a las medidas de protección en materia de violencia intrafamiliar y los procesos a los que se refiere la Ley de Procedimientos Constitucionales promovidos en el marco de esta situación sanitaria.
El decreto establece que «es necesario emitir una nueva disposición que permita proteger a los servidores públicos y población en general, frente a la actual situación sanitaria que atraviesa el país, y que no se afecten derechos o garantías fundamentales, suspendiendo los referidos plazos; la medida podrá ser prorrogada de mantenerse las condiciones sanitarias que lo justifiquen».
Entre los considerandos se expone que mediante Decreto Legislativo n° 644, del 14 de mayo pasado, se decretó la Disposición Transitoria para la Ampliación de Plazos Judiciales y Administrativos en el marco de la Ley de Regulación para el Aislamiento, Cuarentena, Observación y Vigilancia por Covid-19, la cual la extendió hasta el 24 de mayo la suspensión de plazos judiciales y administrativos, mediante Decreto Legislativo n° 599 con fecha 20 de marzo del 2020.
En ese sentido, la disposición tiene a la base la situación epidemiológica actual derivada de la pandemia por covid-19 que afecta al territorio nacional y que a la fecha reporta un aumento progresivo de los casos confirmados de contagio y de personas fallecidas, según los datos publicados por el Órgano Ejecutivo.
Los plazos y términos siguen corriendo en los procedimientos administrativos y procesos judiciales, no obstante que actos o diligencias podrían no realizarse y llegar al vencimiento de los plazos, como el caso de la detención provisional, cuyo límite, según el artículo 8 del Código Procesal Penal, es de veinticuatro meses; o la preclusión de derechos por no haberse ejercido en los plazos determinados en otras materias.
Claro a estos sinvergüenzas huevones y mareros de la Asamblea se les paga por no hacer nada es puro dinero desperdiciado y mal empleado solo para estorbar y llorar como cuches pasan
Matando su chucho con tempo. Mas parece una amenaza que un aviso o como se llame. Lo cierto es que pronto tendremos las calles llenas de tamales y asesinos. Verdad Kijasno, en el pais de las maravillas.
Hoy sí verdad??? Diputados sinvergüenzas. Ojalá la pandemia les llegue a su asquerosa curul
Y entonces si no hay emergencia por pandemia, por qué suspenden esto?
Desgraciados asesinos diputados y los de la sala creen que el pueblo no entiende lo que hacen pueden estar protegidos 15 días pero les va a llegar el virus sencillamente por que todo en esta vida se paga