Los diputados de la Asamblea Legislativas se tomaron un descanso para analizar las reformas que se han hecho al proyecto de Ley Especial de Justicia Transicional y Restaurativa para la Reconciliación Nacional, por lo que dieron un paso al costado para que la misma no fuera aprobada en la plenaria que se llevó a cabo este jueves 23 de mayo.
Por el momento el borrador está en manos de la Comisión Política de la Asamblea Legislativa, cuyo documento es de 20 páginas y 42 artículos, con el cual los diputados esperan cumplir la sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, luego que derogaran la Ley de Amnistía que se aprobó en 1993 tras finalizar el conflicto armado.
Puntos polémicos:
-El artículo 5 explica que el fiscal debe aprobar una política especial para investigar y juzgar crímenes, y elaborará en una sola ocasión un listado de casos a ser investigados y procesados judicialmente.
El fiscal podrá recibir propuestas de investigación dentro del segundo y tercer mes de vigencia de la ley, pero no resolverá dentro de 10 días y podrán presentar demanda de amparo. Luego de la publicación del listado, éste será cerrado y sobre todo, los casos que sean excluidos no serán juzgados por delitos de lesa humanidad.
-En tanto el artículo 12 deja claro que las penas serán suspendidas de oficio por el juez, en dado caso el imputado es condenado a más de 10 años de prisión.
En este punto los condenados tendrán que hacer trabajo de utilidad pública con límite menor de tres años y máximo de diez.
-La reparación civil dependerá de la capacidad de la persona, sin que ello afecte el proyecto de vida del condenado y de su grupo familiar.
-El artículo 13 indica que los procesados no podrán ser detenidos por orden administrativa o judicial, salvo que no atienda los citatorios.
Los imputados no estarán en detención provisional en sus viviendas, y tendrán que estar con medida cautelar de presentarse periódicamente ante el juez.
-Con el artículo 21 se refiere a que el informe de la Comisión de la Verdad no servirá de valor probatorio.
-Para iniciar la investigación de los acusados, el artículo 40 da un plazo de cinco años para la aplicabilidad y únicamente se podrá prorrogar por dos años.
-Mientras tanto el Museo Nacional de la Memoria Histórica, el Programa Nacional de Reparaciones que hará procesos de reparación colectiva como obras o medidas de reparación; la pensión mensual y la indemnización de 10 salarios mínimos.
-Se prohíbe la amnistía para crímenes de lesa humanidad o graves violaciones al derecho internacional humanitario y se prohíbe la extradición pasiva para cualquier caso.
-También se ordena la ubicación e identificación de restos de las personas asesinadas.
pero como todos quieren una parte del pastel, en realidad con la ley lo que quieren, es una simple disculpa, es una indemnizacion, lo raro es que solo los que supuestame mantaron los militares, pero que hay de los que mataron los guerrilleros hoy los
hoy son los del gobierno, para ellos esa ley no se aplicara
Lo importante es que los criminales masacradores ya están viejitos y ya están por morir, con la muerte se acabará esa plaga. No es necesaria esa ley.