El Tribunal Supremo Electoral (TSE) a través de un comunicado, advirtió hoy al Gobierno de la República, instituciones autónomas y alcaldías no hacer propaganda de inauguración de obras a partir del próximo viernes 4 de enero.
El artículo 178 del Código Electoral específica que esta medida entra en vigencia, 30 días antes de las elecciones presidenciales del 3 de febrero.
“No podrán publicar en ningún medio de infraestructura nacional o de cualquier otra naturaleza que hayan realizado, que realicen o que proyecten realizar en cumplimiento de la prestación o de los servicios de asistencia a que está obligado el Estado”, reza el comunicado.
La prohibición de publicad entra vigencia a las cero horas del 4 de enero y finaliza el 3 de febrero a las 24 horas.
Lo anterior podría cambiar si los resultados de la votación del 3 de febrero no arrojan a un ganador y se tenga que realizar una segunda vuelta el 10 de marzo.
Con esta medida no se pretende paralizar las funciones, sino evitar que tales actividades sean realizadas con fines electorales, es decir sacar provecho de lo que hace la administración pública en favor de algún candidato presidencial.
Los magistrados del TSE aseguraron que las sanciones se aplican al funcionario o jefe de la institución a la que pertenezca la obra que se ha publicado. Incluso en algunos casos, las sanciones pueden terminar con la destitución de un funcionario.
#Elección2019 #Comunicado
El Tribunal Supremo Electoral, al gobierno de la República, Concejos Municipales, entidades autónomas y ciudadanía en general les comunica: pic.twitter.com/ohUQZlvpqr— TSE El Salvador (@TSEElSalvador) January 2, 2019
El TSE=Tigre de papel.