La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió este lunes una demanda de inconstitucionalidad presentada contra el Decreto Ejecutivo 18 para prorrogar el Estado de Emergencia por pandemia del coronavirus, avalada por el presidente de la República, Nayib Bukele, el pasado sábado 16 de mayo.
La Sala emitió la resolución en el caso 63-2020, admitiendo la demanda presentada por el ciudadano Jonatan Sisco.
Como medida cautelar, la Sala suspendió los efectos de este decreto mientras estudia la demanda presentada.
“Mientras se tramite este proceso de inconstitucionalidad, las autoridades del Órgano Ejecutivo no podrán ejercer ninguna de las atribuciones que dicha normativa establece; asimismo, se suspenden los efectos de cualquier acto o norma que sea consecuencia del aludido decreto ejecutivo número 18”, expresó la Sala de lo Constitucional.
La Sala detalló que admiten la demanda y emite esta medida cautelar para poder “determinar si con la aprobación del Decreto, el presidente de la República prorrogó materialmente la vigencia del Decreto Legislativo 593 en infracción del artículo 131, ord. 5°, de la Constitución, dado que interfirió en la competencia que le corresponde únicamente a la Asamblea Legislativa de decretar y reformar las leyes secundarias”, función que habría sido ejercida por el mandatario “sin justificación”, porque la omisión del Órgano Legislativa de prorrogar el estado de emergencia.
El presidente de la República, Nayib Bukele, tiene un plazo de diez días para que se pronuncie formalmente sobre la constitucionalidad de su Decreto 18; Igual plazo tiene el fiscal general, Raúl Melara, para que se pronuncie sobre este proceso.
Requiérase a la Asamblea Legislativa y al Órgano Ejecutivo que, con base en el artículo 86, inciso 1°de la Constitución –que contempla el principio de colaboración entre órganos en el ejercicio de sus funciones–, realicen un esfuerzo mutuo para llevar a cabo las acciones necesarias orientadas a emitir en el menor plazo posible una ley de emergencia que actualice las condiciones en las que la sociedad salvadoreña se encuentra a la fecha frente al combate de la COVID-19, con el objeto de garantizar los derechos de la población salvadoreña a la salud y a la vida en todas sus dimensiones”, concluye.
SALA CORPORATIVA DE LO CONSTITUCIONAL: 1) un problema de salud pública escapa a su precario análisis intelectual. 2) solo saben un poco de de leyes y para colmo su prioridad es hacer mandados a la empresa privada. OSCURANTISMO DEL SIGLO XXI. VAÁ!!!
Dada su incapacidad para enfrentar integralmente la crisis, aún sabiendo que ese decreto sería nulo, para tener la «perfecta»excusa que lo que se viene fruto de su ineptitud es responsabilidad de la Sala y los diputados. A mi no me atol con el dedo.
Vamos A Ver en 2021 quien se queda y quien se va de la asamblea legislativa…….atajo de inescrupulosos
Para mientras todo queda suspendido, la gente qu se contagie, la gente al no ser atendida debidamente que se muera y no se podrán hacer compras aunque sean de urgencia. Vea que amoroso con el pueblo estos funcionarios, no les importa la emergencia,
sencillo,soluciones express y amanadas emitidas por corruptos elegidos por corruptos,asi de facil!
Estas RATAS quieren vergo de muertos, bueno q los medicos y todo su personal no atiendan mas q sea la sala y la asmblea atiendan a todos los contagiados, velan por los ricos y no por los necesitados
YA ARTICULO » 87 «
Si fuera superman iría a el salvador a romperle la jeta a toda esa asamblea de diputados ratas de gratis