La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió este lunes una demanda de inconstitucionalidad presentada contra el Decreto Ejecutivo 18 para prorrogar el Estado de Emergencia por pandemia del coronavirus, avalada por el presidente de la República, Nayib Bukele, el pasado sábado 16 de mayo.
La Sala emitió la resolución en el caso 63-2020, admitiendo la demanda presentada por el ciudadano Jonatan Sisco.
Como medida cautelar, la Sala suspendió los efectos de este decreto mientras estudia la demanda presentada.
“Mientras se tramite este proceso de inconstitucionalidad, las autoridades del Órgano Ejecutivo no podrán ejercer ninguna de las atribuciones que dicha normativa establece; asimismo, se suspenden los efectos de cualquier acto o norma que sea consecuencia del aludido decreto ejecutivo número 18”, expresó la Sala de lo Constitucional.
La Sala detalló que admiten la demanda y emite esta medida cautelar para poder “determinar si con la aprobación del Decreto, el presidente de la República prorrogó materialmente la vigencia del Decreto Legislativo 593 en infracción del artículo 131, ord. 5°, de la Constitución, dado que interfirió en la competencia que le corresponde únicamente a la Asamblea Legislativa de decretar y reformar las leyes secundarias”, función que habría sido ejercida por el mandatario “sin justificación”, porque la omisión del Órgano Legislativa de prorrogar el estado de emergencia.
El presidente de la República, Nayib Bukele, tiene un plazo de diez días para que se pronuncie formalmente sobre la constitucionalidad de su Decreto 18; Igual plazo tiene el fiscal general, Raúl Melara, para que se pronuncie sobre este proceso.
Requiérase a la Asamblea Legislativa y al Órgano Ejecutivo que, con base en el artículo 86, inciso 1°de la Constitución –que contempla el principio de colaboración entre órganos en el ejercicio de sus funciones–, realicen un esfuerzo mutuo para llevar a cabo las acciones necesarias orientadas a emitir en el menor plazo posible una ley de emergencia que actualice las condiciones en las que la sociedad salvadoreña se encuentra a la fecha frente al combate de la COVID-19, con el objeto de garantizar los derechos de la población salvadoreña a la salud y a la vida en todas sus dimensiones”, concluye.
que la UCA por favor, la UFG, la UTEC, les prepare un curso de derecho basico a todos los de capres
Hay 3 Poderes del Estado, la Ley de Cuarentena termina mañana, mismo dìa de la Plenaria, porque ahora si se estàn poniendo de acuerdo la Asamblea y el Legislativo, para sacar una Ley acorde, aquí se está volviendo una Dictadura, sin cuentas claras.
El creerse el Todopoderoso, tener unos asesores de segunda, el no dar cuentas claras de lo que se gasta, el mismo Ministro dice que no hay dinero para pago de planilla de Doctores, enfermeras, policías, Soldados, etc., manipula BUKELE y asesores.
O SEA QUE LOS DIPUTADOS Y MAGISTRADOS NOS HAN VISTO CARA DE PENDEJOS A LOS SALVADOREÑOS QUE SOMOS LOS QUE NOS VAMOS A IR A MORIR A LAS CALLES. USTEDE SON EMPLEADOS DEL PUEBLO, PAGADOS CON LOS IMPUESTOS QUE PAGAMOS LOS POBRES, LOS RICOS NO PAGAN
Procedimiento de Ley fue Inconsitucional, si se dejaba asì no habrìa Estado de Derecho, si no principios de una Dictadura, el tener asesores de segunda, le hace caer al Ejecutivo en posiciòn de violar los preceptos de la Constituciòn de la Repíblica
SE LE SOLICITA AL PODER EJECUTIVO, JUNTO CON EL PODER LEGISLATIVO, EL REDACTAR UNA LEY ACORDE A LAS CIRCUNSTANCIAS QUE VIVE EL PAÍS Y EL MUNDO, DIALOGUEN, PÓNGANSE DE ACUERDO, CEDER, CUENTAS CLARAS, Y PRINCIPAL VELAR POR LA SALUD DE PAÍS, Y ECONOMÌA
cuando funes hizo lo mismo en el salvador nadie dijo incostitucional ni dictador pero veo q hoy asi le llaman.
PARA QUE LE QUEDE CLARO AL APRENDIZ DE DICTADOR QUE EL SALVADOR NO ES SU FINCA NI SU EMPRESA DE MOTOS. LA EPIDEMIA NO ES RAZÓN SUFICIENTE PARA ATROPELLAR CON HAMBRE Y DESESPERACIÓN AL PUEBLO SALVADOREÑO.