La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, este lunes 28 de mayo, declaró inconstitucionales las reformas a la Ley Especial de Extinción de Dominio y de la Administración de los Bienes de Origen y Destinación Ilícita (LEDAB) aprobadas en julio de 2017.
Con esta sentencia se resuelve el proceso de inconstitucionalidad iniciado por el abogado Luis Mario Pérez Bennett contra el texto original de la LEDAB y la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Fiscal General de la República contra las reformas.
Ambas demandas fueron admitidas para resolver, entre otras cosas, si existía violación a la prohibición constitucional de retroactividad de las leyes, porque los bienes pueden ser objeto de extinción de dominio a pesar de que se hayan adquirido con anterioridad a su vigencia.
Con esas 16 reformas aprobadas por votos del FMLN, GANA, la diputada de ARENA Carolina Rodríguez y el diputado del PCN, Reynaldo Cardoza, se recortaron algunas de las facultades de la Fiscalía General de la República para poder recuperar inmuebles de procedencia ilícita.
Además, se le impedía al ministerio público quitar provisionalmente bienes a las personas que no hayan recibido una condena en firme.
La sentencia de inconstitucionalidad fue firmada por unanimidad por los magistrados José Óscar Pineda Navas, Florentín Meléndez Padilla, Belarmino Jaime, Sídney Blanco Reyes y Rodolfo González Bonilla.
En julio del 2017 y con 44 votos, se puso plazos en tiempos de procesos judiciales y se restringió el tipo de bienes que se podrían embargar a los investigados por enriquecimiento ilícito.
Entre otras cosas, los diputados reformaron el artículo 76 y dejó en claro que los bienes que son fundamentales para el sustento de una familia no podrían ser embargados por la Fiscalía.
En este rubro entran los bienes que son utilizados para generar ingresos para el sustento familiar, la vivienda familiar u otros bienes que son sujetos al régimen de familia, por lo cual los jueces tendrían que dejarlos en depósito de la familia del procesado.
En esa misma línea dictaminaron que la acción de extinción de dominio prescribiría en 10 años, que se comenzarían a contar a partir de la adquisición o destinación ilícita de los bines.
Mi sentido pesame al FMLadroNes que aprobaron esta ley. DE UN PLUMASO PERDIERON 200,000 VOTOS POR PROTEJER LA CORRUPCION QUE DEBIERON COMBATIR.
Una herramienta muy valida, pero el fiscal se encargo de arruinarla, apoderándose de los bienes de gente que trabajo duro para obtenerlos sin haberlos vencido en juicio. Muchos corruptos como la familia Flores solo fue un show ya que nunca les quitaron nada.
Es una de las noticias mas positivas que he leído este día, todos los días se hablan de muerte, extorsión, amenazas, caos vehicular etc… y poco se habla de corrupción.
Pero este tema toca a esa gente que se cree intocable, que solo por que su nombre es precedido se un poder otorgado por el Estado se creen blindados, sea cual sea la motivación de sus ideologías, pero por lo menos ahora pensarán dos veces en abusar de nuestros impuestos y del dinero que obtienen mediante creditos internacionales.
Muchas personas como CARLO MAGNO estan en todo su derecho de acusar al FMLN de ladrones,pero yo les quisiera pedir,por favor, hagan una lista de lo que supuestamente se han robado?? Toda esta gente con actitud de Santos Jueces donde estaban cuando hubieron los desfalcos billonarios del Partido Arena,por que no fueron millones,fueron billones de dolares,si sumamos la gran estafa del cambio al dolar y la venta de los bancos nacionales a los cuales se les vaciaron sus cofres y desaparecieron todos sus activos liquidos,sin mencionar los cientos de millones y acciones que muchos lideres de ese Partido y empresarios… Leer más »
También deberían declarar inconstitucional la reforma de pensiones, a los del ISSS nos quitaron el 25% de pensión y no dijimos nada y en Nicaragua bajaron el 5% y vean lo que pasa. Somos dejados.