La Sala de lo Constitucional emitió una resolución declarando inconstitucionales la elección de los magistrados de la Corte de Cuentas de la República Carmen Elena Rivas Landaverde, María del Carmen Martínez Barahona, Roberto Antonio Anzora Quiroz, Nolberto Osmín Cunza López y Patricia Lissete Bardales Osegueda, por un tecnicismo, luego que la Asamblea Legislativa omitiera argumentar porqué los electos poseen competencia notoria según el perfil requerido.
Los abogados continuarán en el cargo hasta el 27 de agosto para no afectar el trabajo institucional, y se especifica en la sentencia que no quedan inhabilitados para reeleción. Es decir, los funcionarios que participan en el proceso podrán seguir en el mismo hasta las elecciones de magistrados.
La Asamblea Legislativa además omitió documentar la no afiliación partidaria de Carmen Elena Rivas Landaverde y María del Carmen Barahona, como presidenta y primera magistrada de la Corte de Cuentas.
«Decláranse inconstitucionales, de un modo general y obligatorio, los Decretos Legislativos números 764 y 765 (de 28 de agosto de 2017, publicados en el Diario Oficial número 159, tomo 416, de 29 de agosto de 2017), porque la Asamblea Legislativa omitió argumentar por qué las personas electas poseen competencia notoria según el perfil requerido, y de acuerdo a lo explicado en esta sentencia. Este pronunciamiento no impide a los referidos profesionales postularse para una posible reelección, pues el vicio de inconstitucionalidad advertido fue de forma, en el procedimiento llevado a cabo por dicha asamblea, según lo expuesto en los considerandos de la presente sentencia», dice la resolución.
La Sala ordenó a la Asamblea realizar el proceso de elección de magistrados «a la mayor brevedad posible, observando el contenido de esta sentencia». Asimismo, aclara que la sentencia no afecta los actos emitidos por los referidos funcionarios durante el periodo en el que desempeñaron y desempeñarán sus cargos. «El propósito es respetar las situaciones jurídicas consolidadas y las actuaciones individuales o colectivas suscritas por los actuales magistrados de la Corte de Cuentas de la República», agrega el documento.
Bla…bla…bla….!
El delito esta consumido con toda la indiferencia de la Sala de lo
IN -constitucional
Jajajajajaja…y la corrupcion fue en los 30 años pasados…jajajajajaja
Las que les balancean las cuentas a cada ladron..desde el prezzi hasta la villatoros
Avalando la corrupción esta sala , si fueran partidarios del FMLN o Nuevas ideas ya hubieran ordenado su destitución pero como son de ARENA Y PCN no pasa nada , banda de Corruptos y que pasa con el fiscal Arenero no lo declararan inconstitucional.
PREGUNTO A LA SALA DE LO CONSTITUCIONAL, SI ESTO ES UNA PAYASADA DE LAS QUE ACOSTUMBRAN HACER O ES UNA DESCARADA BURLA AL PUEBLO? ¿DESDE CUÁNDO ESTÁ ESTE CASA DURMIENDO EL SUEÑO DE LOS JUSTOS EN LAS GAVETAS DE LA SALA?
la cuerentena restrictiva era inconstitucional y la quitaron, lo elegidos son incontitucionales y no piden nada
La Sala de Consttucional dictamina cuando ya van de salida, y todavía dicen que pueden reelegirse si cometieron una violación.
jajaja LA SAL DECLARA QUE SOS LADRON, PERO PUEDE SEGUIR WEBIANDO!! eso es lo que pasa cuando hay una MAFIA controlando esos magisTARDOS.
En otras palabras: es inconstitucional, pero no pasa nada. Nefasto el sistema jurídico nacional, el próximo año es la oportunidad para cambiar la historia de este país. Vote con sabiduría y consciencia.