El máximo tribunal emitió esta tarde un documento para responder al presidente de la República, Nayib Bukele quien pide a la Sala de lo Constitucional y a la Asamblea Legislativa le devuelvan las facultades para imponer medidas para enfrentar el coronavirus; al respecto los magistrados respondieron que la Sala «no puede ‘devolver’ una atribución que el Ejecutivo nunca ha tenido en la Constitución».
La Sala aclara que el presidente puede efectivamente, restringir derechos, pero conforme a los establecido por la Constitución de la República, y en tal sentido, su única única opción es buscar consensuar una ley formal en la Asamblea Legislativa.
«Esta decisión no es un obstáculo ni una prohibición para que el Órgano Ejecutivo haga su trabajo frente a la pandemia, sino un control establecido por la Constitución sobre la forma en que dicho trabajo debe ser realizado, ya que es una de las funciones principales de esta Sala», agrega el documento.
En cuanto a las afirmaciones del presidente Bukele de que en otros países el presidente de la República y el Ministerio de Salud tienen atribuciones para limitar derechos fundamentales, la Sala responde que «esto podría ser porque sus disposiciones constitucionales así lo establecen, pero en nuestro país la Constitución dispone lo que con anterioridad y en reiteradas ocasiones se ha explicado», reitera.
Explican además los magistrados que el Ejecutivo «no está habilitado por la Constitución para limitar derechos fundamentales, y por tanto, si para controlar la pandemia necesita imponer este tipo de restricciones, su única alternativa conforme a una república democrática, es consensuar una ley formal, con respeto a los parámetros constitucionales y convencionales de razonabilidad, proporcionalidad, temporalidad, estricta necesidad, lo cual siempre estará sujeta al control de esta sala», dice la respuesta de los constitucionalistas.
Según la Sala, la petición que el presidente Bukele envió el domingo a la Corte Suprema de Justicia y a la Asamblea Legislativa contiene «una intepretación particular» de artículos y leyes formulada por el mandatario, y aclara la Sala que estos no han sido declarados inconstitucionales por el tribunal.
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La constitución de 1983[editar]LaConstitución de 1983es un cuerpo normativo que nace sobre la base del modelo de la Ley Suprema de 1962; además tiene como fuentes ideológicas algunas constituciones de Latinoamérica, la de España y la de Alemania.
SALA OSCURANTISTA CORPORAATIVA CONSTITUCIONAL: 1) GIREN LA FOTOGRAFÍA DEL ENCABEZADO para ver el verdadero rostro de estos monstruos reflejado sobre la mesa. 2) el TOPUS URANUS de estos espurios personajes. VAÁ!!!!!
Aparte de corruptos son arrogantes lacra más maldita que el país viene arrastrando por décadas un día pagarán!