La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), admitió dos demandas en las que grupos de ciudadanos solicitan se declare la inconstitucionalidad de ciertos artículos del Código de Familia, que tratan con la prohibición de uniones entre personas del mismo sexo y el trato diferenciado que ello implica.
En ambas peticiones, los demandantes piden además, que se declare que los diputados de la Asamblea Legislativa ha incurrido en una inconstitucionalidad por omisión al no regular por ley dichas uniones.
La Sala admitió ambas demandas, porque consideran que cumplen con los requisitos formales para ser admitidas a trámite, tal como lo establecen los artículos 6 de la Ley de Procedimientos Constitucionales.
Sin embargo, los magistrados advierten que eso no implica una decisión de fondo sobre el tema planteado.
Se dijo además, que en el trámite del proceso se analizarán los argumentos de los planteamientos de la Asamblea Legislativa y de la Fiscalía General de la República, de ahí se va a determinar si hay o no una presunta contradicción entre el Código de Familia y la Constitución de la República, como también si hay insconstitucionalidad por omisión alegada en los términos planteados por los demandantes.
La admisión fue firmada por los magistrados José Óscar Armando Pineda Navas, Aldo Enrique Cáder Camilot, Carlos Sergio Avilés Velásquez, Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Marina de Jesús Marenco de Torrento.
La Sala de lo Constitucional tendrá que estudiar si hay o no inconstitucionalidad de los artículos 11, 90 y 118 del Código de Familia.
El artículo 11 del Código de Familia establece el concepto de matrimonio en el país: “Es la unión legal de un hombre y una mujer, con el fin de establecer una plena y permanente comunidad de vida”.
Mientras que el artículo 90 trata de las nulidades del matrimonio; la demanda es contra la tercera causal: “Cuando los contrayentes sean del mismo sexo” y el artículo 118 plantea la unión no matrimonial y establece que la regulada “es la constituida por un hombre y una mujer sin impedimento legal para contraer matrimonio entre sí”.
¿Y los billones y el trencito cuando..?….Estas noticias son solo para distraer la atencion del Pueblo…. Ponganse a trabajar guevones !…
son siete años de salación ,…..por cada puñal!!!!…….no lo olviden!!!!
Que se unan en matrimonio y que lo hagan por la Iglesia, tal como Dios manda, y que reproduzcan. Será? Gran cochinadada, eso es lo que es.
Estos enfermos mentales hay que encerrarlos en el psiquiátrico o los mandamos a Rusia para que Putin les explique que según la biología solo existe hombre y mujer, nada más.
Como no tienen que hacer ya se declararon que son morbosos. Piensen en trabajar, les va a dar depresión. Esa idea corrupta es porque tienen mucho ocio. Ocúpense, salgan a correr, hagan algo.
Yo como Notario jamás casaré una pareja de infelices enfermos de la psiquis. Errado desde todo punto de vista. Si lo aprueban mejor que ya no haya ninguna ley. ¡Qué viva el desorden institucionalizado! Qué ejemplo para los pequeños.
En mi humilde opinión me parece que aceptar la solicitud de análisis es solo eso y si al final de los analisis resulta rechazada fortalecerá la ley tal como esta. Aunque los diputados cometieron un error al no poner la reproduccion en el artículo.
¿ Qué pasó? ¿ Al «dizque moderador» no le gustó mi opinión? ¿O están promoviendo la misma cochinada? Lo que escribí no lo dejaron ni un minuto…y ¿Cómo quieren hacer patria?