El magistrado de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) señaló a su juicio, que el fallo del TSE se entiende para la promoción de la imagen lo cual, infirió, que podría estar violando las leyes.
El magistrado de Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Rodolfo González, explicó esta mañana el sentido que a su juicio merece la última resolución del Tribunal Supremo Electoral (TSE), en referencia a la celebración propagandística de los partidos políticos para sus respectivas elecciones internas.
González detalló que la sentencia puede tener ciertos aspectos dudosos, pero se entiende que lo principal es la promoción de la imagen en medios masivos y que es importante detallar que más allá de pedir el voto, la promoción de la imagen de una persona puede entrar dentro del contexto de campaña adelantada.
«El Tribunal está haciendo su trabajo» fueron las palabras del magistrado, quien señaló que es importante tomarles en cuenta pues se trata de la máxima autoridad en el desempeño electoral.
El funcionario de la Sala de lo Constitucional, marcó los aspectos que todo instituto político debe verificar antes de iniciar los procesos, para poder llegar a la recta final con su candidato presidencial.
«Todos estos elementos hay que tomarlos en cuenta. Uno el Tribunal Supremo Electoral como máxima autoridad y lo dice expresamente la Constitución. Dos, el plazo de propaganda que está prohibida antes de los cuatro meses. Tres, la necesidad de cumplir con la democracia interna que se articula por medio de primarias y finalmente cada partido decide la mejor manera de que sus precandidatos muestren sus propuestas a los afiliados», informó el magistrado.
En esta misma línea, el magistrado explicó que la resolución del Tribunal, es clara en el aspecto de los anuncios en medios masivos y publicidad exterior, pues en algunas ocasiones se ha presentado a una persona como «presidente», lo cual si estaría violando el reglamento, no así la cobertura periodística.
«A 10 meses de la elección presidencial, algunos precandidatos ya se estaban presentando como «presidente» entonces claro, es así como entiendo yo una línea de la resolución del TSE cuando dice que deben retirarse vallas, mupis y cualquier tipo de propaganda donde se promocione la imagen personal», apuntó el funcionario.
Luego del fallo del TSE, el magistrado de este organismo, Miguel Ángel Cardoza, también detalló que la resolución emitida prohíbe la publicidad en los que se promocione la imagen de los aspirantes a la presidencia de la República, pero no limita la cobertura del periodismo a los precandidatos, quienes al reconocer públicamente su intención política se vuelven unas figuras públicas y es necesario conocer su trabajo.
«No se trata de impedir la cobertura periodística o noticiosa de algún evento público donde aparezca alguno de estos precandidatos», dijo el magistrado, quien agregó que al final no solo a los afiliados del partido les interesa saber el proceso de las elecciones internas, sino a todas las personas civiles.
«¿Sólo es de interés de los afiliados a un partido las elecciones internas?, la verdad es que no, a todos los demás, aunque no pertenezcamos a ese partido, nos interesa saber si se está cumpliendo con la constitución y con la ley en hacer primarias de forma democrática, garantizando con voto secreto, libre directo y seleccionar los candidatos que luego se van a presentar para la verdadera elección presidencial nacional», dijo el funcionario.