El medio digital El Faro admitió recientemente a través de un editorial que han existido “prácticas sexistas discriminatorias y acoso dentro del periódico” y que las quejas de estos casos fueron recibidas entre finales del 2017 e inicios del 2018.
Uno de estos casos fue el publicado por este medio, en el cual se vincula a Marta como víctima de un acto de abuso sexual por parte del periodista de El Faro, Carlos Martínez. Sin embargo, luego de que su medio admitiera el hecho ocurrido en una casa de recreo en el lago de Coatepeque, Martínez contrarió lo dicho por su periódico y señaló que las acusaciones en su contra eran falsas.
Fuentes vinculadas al hecho señalaron a este medio que la noche en que la agresión sexual o violación en contra de Marta se realizaba una fiesta navideña en la casa del lago de Coatepeque. El relato de algunas personas que estuvieron en el lugar confirma que Marta no fue asistida ni acompañada luego del acto violento de Martínez.
Pero, ¿Quiénes son las personas que estuvieron en el lugar de los hechos y no apoyaron a Marta a realizar una denuncia antes las autoridades? Fuentes vinculadas a los hechos afirmaron que las personas que estuvieron esa noche en la casa del lago son:
- Nelson Rauda Zablah, periodista
- Ximena, novia de Rauda Zablah
- Gabriel Labrador, periodista
- Victor Peña, fotoperiodista
- Oscar Martínez, hermano del victimario y periodista
- Roberto Valencia, periodista
- María Luz Nochez, periodista
- Sergio Arauz, periodista
- Ana Beatriz Bustillo, novia de Arauz y administrativa de El Faro
- José Luis Sanz, director del medio
- Carlos Dada, periodista y fundador del medio
- Karen Fernández, periodista y presentadora de FocosTV
- Oscar Luna, periodista y director de Revista Disruptiva
- Ricardo Vaquerano, exeditor del medio
- Daniel Valencia, editor
- Efren Lemus, periodista
- Yanci Núñez, ex Community Manager del medio.
- Fátima Peña, experiodista del medio
Todos los participantes eran en ese momento miembros de la redacción de El Faro. El artículo 162 del Código Penal dicta que existe un agravante en los casos de agresión sexual cuando se abusa de las relaciones de trabajo, tal como ocurrió en el caso de Carlos Martínez. Este tipo de agravante aumenta hasta un tercio la pena de cárcel establecida para el delito de agresión sexual, la cual va de seis a diez años.
El fiscal general, Raúl Melara, informó recientemente que abrió una investigación para determinar los hechos admitidos por los periodistas de El Faro y poder llevar el caso a los tribunales. Según fuentes fiscales, luego de iniciar una investigación como esta, la Fiscalía General de la República (FGR) podría proceder con el citatorio de las personas que estuvieron presentes el día del hecho.
Un hecho encubierto.
Según los relatos compilados para esta publicación, ninguna de las personas que estuvieron en la fiesta realizaron una denuncia pública o ante sede fiscal por el caso de Marta. El periódico emitió un editorial recientemente en el que admitieron que únicamente recayó una sanción administrativa en contra de Martínez por el acto de violencia.
Fuentes cercanas al caso de Marta aseguraron que la sanción administrativa consistió en que Martínez tuviera un gesto de disculpa pública para Marta frente a todos sus compañeros de redacción, lo que fue catalogado por algunos miembros del periódico como un acto de revictimización.
Este medio solicitó la asesoría de una fiscal de la Unidad de Delitos contra el Menor y la Mujer, quien confirmó que lo sucedido con Marta dentro de El Faro constituye varios delitos.
La fiscal señaló que el Código Penal salvadoreño establece en el artículo 308 que el encubrimiento puede relacionarse cuando alguien “ayudare a eludir las investigaciones de la autoridad o sustraerse a la acción de esta”. El Código pena con cárcel dicho delito.
La investigadora también dijo que el artículo 309 del Código Penal también establece que es un delito la omisión de trasladar a las autoridades la información sobre un indicio de delito, situación en la que han incurrido los periodistas de El Faro al no denunciar los hechos del caso de Marta que ocurrieron a finales del 2017.
En 2018, a raíz de estos hechos de acoso y abuso sexual, los periodistas de El Faro contrataron a dos consultoras en género para que realizaran una evaluación sobre las conductas machistas y violentas dentro del medio y poder desmontarlas.
Las dos consultoras contratadas son Andrea Ayala y Bárbara Romero, quienes realizaron investigaciones exhaustivas que incluyen testimoniales reflejados en dictámenes sobre el caso de Marta y otros eventos de violencia de género admitidos por El Faro días atrás.
Fuentes relacionadas con investigaciones fiscales aseguraron a este medio que Andrea y Bárbara migraron primero a Canadá y luego a un país en Europa tras ser investigadas por un presunto caso de lavado de dinero vinculado a la exprimera dama, Vanda Pignato. Ambas activistas trabajaron en las oficinas del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU) y en algunos proyectos de Ciudad Mujer durante la gestión del expresidente, Mauricio Funes, quien ahora se encuentra prófugo de la justicia por presuntamente haberse apropiado de millones de dólares con sus colaboradores más cercanos.
Algunas personas vinculadas al trabajo de ambas consultoras aseguran que realizaron un levantamiento de los hechos con testimonios que fueron manejados en documentos internos del periódico, por lo que estos documentos que recogen los testimonios pueden convertirse en prueba fundamental de los casos de violencia contra las mujeres dentro del periódico.
Los miembros de El Faro han sostenido siempre un discurso en pro de la transparencia y de la denuncia de indicios de delitos para cortar combatir la impunidad, no obstante no ha puesto a disposición de la Fiscalía la documentación en la que se recogen todos los testimonios vinculados al caso de Marta y a otros casos de violencia contra la mujer.
Estos son los artículos del Código Penal que podrían aplicarse en este caso:
Art. 162.- Los delitos a que se refieren los cuatro artículos anteriores serán sancionados con la pena máxima correspondiente, aumentada hasta en una tercera parte, cuando fueren ejecutados:
1) Por ascendientes, descendientes, hermanos, adoptantes, adoptados o cuando se cometiere en la prole del cónyuge o conviviente;
2) Por autoridad pública o por cualquier otra persona que tuviere bajo su custodia a la víctima;
3) Cuando la víctima fuere menor de dieciocho años de edad; (9)
4) Por persona encargada de la guarda, protección o vigilancia de la víctima; (9)
5) Cuando se ejecutare con el concurso de dos o más personas;
6) Cuando se hiciere uso de medios, modos o instrumentos especialmente brutales, degradantes o vejatorios; y,
7) Con abuso de relaciones domésticas o de confianza derivada de relaciones de trabajo.(9)
Art. 165.- El que realice conducta sexual indeseada por quien la recibe, que implique frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual y que no constituya por sí sola un delito más grave, será sancionado con prisión de tres a cinco años. (19)
El acoso sexual realizado contra menor de quince años, será sancionado con la pena de cuatro a ocho años de prisión. (19)
Si el acoso sexual se realizare prevaliéndose de la superioridad originada por cualquier relación, se impondrá además una multa de cien a doscientos días multa. (19)
Art. 175.- El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de tercero, será sancionado con multa de cincuenta a cien días multa.
En la misma pena incurrirá quien impedido de prestar socorro, no solicitare con urgencia auxilio ajeno.
Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a un año y multa de cincuenta a cien días multa.
Art. 308.- Será sancionado con prisión de seis meses a tres años, el que con conocimiento de haberse perpetrado un delito y sin concierto previo, cometiere alguno de los hechos siguientes:
1) Ayudare a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la acción de ésta;
2) Procurare o ayudare a alguien a obtener la desaparición, ocultamiento o alteración de los rastros, pruebas o instrumentos del delito o asegurare el producto o el aprovechamiento del mismo; y,
3) Adquiriere, recibiere u ocultare dinero, cosas o efectos provenientes de un delito o interviniere en su adquisición, recepción u ocultamiento.
Si las conductas anteriores se realizaren respecto de los delitos de extorsión o secuestro la sanción será de cuatro a ocho años de prisión. (33)
No se aplicará la pena, en los casos de los números 1) y 2) a quien encubriere a su ascendiente, descendiente, adoptante, adoptado, hermano, cónyuge, conviviente o persona en análoga relación de afectividad.
Art. 309.- El que teniendo conocimiento cierto, de que se fuere a cometer un delito contra la vida o la integridad personal, la seguridad colectiva, la salud pública, la libertad individual o sexual y no existiendo peligro o daño para sí o para sus parientes, no lo pusiere en conocimiento del amenazado o de la autoridad, será sancionado con prisión de seis meses a un año, si el delito hubiere comenzado a ejecutarse.
Si las conductas anteriores se realizaren respecto de los delitos de extorsión o secuestro la sanción será de cuatro a ocho años de prisión. (33)
Solo les queda llorar, por perpetradores y encubridores. Sumado a ello la etica de los titulares y el periodico mismo queda por el suelo.
Qué espera fiscal Arenero Melara porque no cita estos ya tienen nombre, apellido y fecha o es que tiene que pedirle permiso al pelón SIMAN? El Faro es un club de violadores!!
Solo el vigilante y el ordenanza van a quedar libres.
Bueno y qué pasó con la Noticia de Durán con los mareros, esa es de interés nacional, porq se siguen vendiendo funcionarios como una vez frentudos y areneros, esa no la publican, se han hecho serviles y amarillistas
El que nada debe nada teme. Que den la cara los 2 Carlos Martínez y la Marta que se aclare esa situación. Que se haga justicia
Ahora es el momento de los periodistas de el faro que prediquen con el ejemplo, de lo contrario quedarán como mentirosos
MIL VECES MALDITOS TODOS LOS QUE PACTARON CON LAS PANDILLAS… MALDITO QUIJANO, MALDITO NETITO, Y MALDITO MARITO!
Por ahora el que está mas cerca que lo lleguen a enchuchar es Walter Araujo, ese ya casi esta el dictamen de la sala en pleno. y no son chambres sino documentado por PROBIDAD. das ASCO al apoyarlo NAYIB