El presidente de la República, Nayib Bukele Ortez, informó esta noche que los salvadoreños tendremos que pasar por un periodo de cuarentena domiciliar obligatoria por un periodo de 30 días, como una medida drástica para evitar el avance de la enfermedad de coronavirus o covid-19.
Pese a ello, Bukele Ortez fue claro en decir que un miembro de la familia podrá salir para hacer compras en supermercados, farmacias, hacer transaccione bancarias y otras diligencias vitales.
Al mismo tiempo explicó, que el país debe seguir funcionando y en ese sentido ay un grupo de personas que tendrán que acudir de forma habitual a sus lugares de trabajo, por lo que les detallamos quienes son los que están facultados en salir a trabajar:
-Los empleados de medios de comunicación y prensa, así como los servidores de las instituciones de la Administración Pública que continúen prestando sus servicios en atención a dicha emergencia u otras actividades públicas relevantes, debiendo portar las identificaciones institucionales pertinentes.
-Empleados de transporte colectivo de buses y microbuses.
-Personas cuyo objeto sea la asistencia y cuidado a niños y niñas, adultos mayores, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables por enfermedades crónicas que deban desplazarse a un lugar por emergencia o atención médica periódica, inclusive estas personas si tuvieren que desplazarse a un centro hospitalario o clínica.
-Personas que tengan como actividad indispensable desplazarce a entidades financieras y de seguros.
-Empleados debidamente identificados de las distintas dependencias de salud, farmacias, personal médico, enfermeras que tengan como labor el cuido personal de adultos mayores o personas con algún padecimiento, personal médico y paramédico, de enfermería, personal de hospitales y clínicas privadas y empleados cuya labor ha sido autorizada a las empresas en este decreto.
-Empleados públicos cuyas instituciones tengan que ver exclusivamente con el combate a la Pandemia como: Salud, Bomberos, Policía Nacional Civil, Fuerza Armada, Migración, Cruz Roja, Aduanas, empleados del sector justicia en juzgados en turno, empleados del Ministerio Público que sean estrictamente necesarios para la función conforme al titular lo requiera.
-Personas que prestan servicios de distribución de alimentos y productos de primera necesidad a domicilio.
-Personas debidamente identificadas de la Policía Nacional Civil, Fuerza Armada, ambulancias de servicios de emergencia médica, pública y privada, del Ministerio de Salud, de la Dirección General de Migración; de la Dirección General de Centros Penales y funcionarios y empleados públicos autorizados por cada titular de las instituciones que presten servicios públicos o servicios sociales relacionados directa y estrictamente al Combate de la Pandemia.
-Diputados, asesores y otros empleados de vital importancia de la Asamblea Legislativa.
-Personas que laboran en vehículos de carga de transporte de mercadería y distribución de mercaderías y sean parte de la cadena de suministro alimentaria y de primera necesidad sus productos o cuya actividad sea la importación o exportación de mercadería.
Las personas que se tengan que desplazar a sus lugares de trabajo, deberán respetar las recomendaciones y medidas dictadas por las autoridades de salud, protección civil y de Seguridad Pública.
Y los que laboramos en empresas cuyo rol es la importación de abonos venenos medicina animal insumos para los cultivos y relacionados a la producción agrícola estamos obligados a cumplir nuestros horarios o cabemos en estas disposiciones del gabinete
Es la mejor manera de prevención lo q hace el gobierno es lo q no hicieron países q tienen ahora más casos de covid 19 veamos a Italia o España no queremos q pase eso aqui
La actividad comercial y la actividad industrial…que también están permitidas como los restaurantes con servicio a domicilio
De que sirve si en mi familia solo yo tengo que salir por trabajo y corro el riedgo de infectarme