Tras admitir y analizar la denuncia por posibles cobros indebidos en perjuicio de los consumidores, el Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor ordenó a GMG Servicios El Salvador, S.A. de C.V., (Prado) pagar una fianza por la suma de $1,028,569.84.
La resolución 1015-19, emitida por el Tribunal Sancionador y notificada al proveedor infractor el pasado lunes 10 de febrero, tiene como fin garantizar los derechos del colectivo de consumidores afectados por el posible cobro de intereses y comisiones contrarios a la ley, mientras instruye el procedimiento administrativo sancionatorio.
Al mismo tiempo, otorgó a Prado, ocho días hábiles para comparecer y ejercer su derecho de defensa.
En noviembre de 2019, el presidente de la Defensoría del Consumidor, Ricardo Salazar, denunció ante el Tribunal Sancionador que una auditoría practicada a una cartera de 42,276 créditos otorgados en el período comprendido entre el 21 de noviembre de 2017 y 22 de abril de 2018, determinó que este proveedor habría cobrado indebidamente más de un millón de dólares a sus clientes.
Dicha investigación verificó si los intereses y recargos efectuados por GMG Servicios se apegaron a lo establecido en la Ley de Protección al Consumidor (LPC) y la Ley Contra la Usura (LCU), pero encontró, entre otros, hallazgos susceptibles de constituir infracciones contra ambas leyes, tales como:
– Cobro de intereses superiores a la Tasa Máxima Legal permitida, en un total de 20,618 créditos, por un monto de 725,470.96 dólares;
– Cobro de comisiones contrarias a la ley, en un total de 13,628 créditos, por un monto de 292,685.19 dólares;
– Utilización de un método de cálculo de intereses contrario a la LPC, en un total de 487 créditos, por un monto de 10,413.69 dólares;
– introducción de cláusulas abusivas en los contratos de los consumidores;
– Obstaculización a las labores de la Defensoría del Consumidor; y,
– No remisión de la información de su actividad crediticia al Banco Central de Reserva (BCR).
Las conductas atribuidas a GMG Servicios podrían encajar en múltiples incumplimientos e infracciones, en concreto con las establecidas en los artículos: 17, literales b), d), f) e i); 12 y 18, literales c), en relación con el Art. 44, literal e) de la LPC; Arts. 12-A y 19, literal a) en relación con el 44, literal d) de la LPC; Art. 7, literal h) en relación con el 44, literal f) de la LPC, así como las establecidas en los artículos 6 y 12 de la Ley Contra la Usura.
Al respecto, el Tribunal Sancionador ordenó a GMG Servicios El Salvador, S.A. de C.V., devolver lo cobrado indebidamente a los consumidores, que en total asciende a la suma de 1,028,569.84 de dólares.
¿Para cuando omnisport? espero que pronto nos devuelvan algo de lo que nos han cobrado ilegalmente a mi familia.
Ojala que así investiguen a Siman, Almacenes Tropigas, electrodomésticos Way la Curacao y así otros que son unos chuchos con los intereses y cobran hasta las malas miradas.