Por: Francisco José Ferman (*)
Las reglas del comportamiento político, son formales e informales. Las formales están expresadas en la Constitución de la República, en las leyes secundarias y otros ordenamientos jurídicos. Por ejemplo, las contenidas en el Código Penal, Código Militar, Código de Salud y otros en los que se establece, no sólo las normas del uso del poder político, sino también la figura de delitos y su castigo. Dícese también de los funcionarios de cualquier categoría que manden una orden ilegal, tanto como el subalterno que la obedece, ambos incurren en igual responsabilidad penal.
Así la presunta ilegalidad de la irrupción del Ejército en el recinto Legislativo, el F9, deberá ser sometida a debido proceso jurídico, en el que tanto el presidente, como el ministro de la Defensa y los oficiales involucrados deberán responder por sus actos.
No es menor la gravedad del hecho, que en el acto de recibir el Bastón de Mando militar el 11 de junio del 2019, el presidente hizo jurar a la tropa no sólo la defensa de la República, sino también de prestarle a él, lealtad y obediencia, con lo que traspasó los límites de lo que expresamente le señala la Carta Magna; la Fiscalía General de la República (FGR) deberá determinar, mediante el debido proceso, si esta juramentación estuvo o no apegada a la letra y al espíritu del Artículo 235 de la Constitución.
Este menosprecio a la institucionalidad demostrado por el presidente, implica de manera solidaria a sus asesores directos, tal como lo ilustra el doctor Fabio Castillo, en una reciente entrevista, al decir que: “En el círculo del presidente no hay ninguna capacidad jurídica y si la hay, quien la tiene, carece de la valentía de decirle al presidente que eso no se puede hacer”.
Agrega el doctor Castillo, que los asesores del presidente son en general, “mediocres y, algunos, serviles“, que buscan “justificaciones, a veces estúpidas, para las palabras y actos del presidente”.
Respecto a las reglas informales del poder político, estas se refieren al uso de normas no escritas, pero generalmente aceptadas como esencia del poder. Podemos mencionar entre ellas, el nombramiento de negociadores con poderes supraministeriales, que actúan según los intereses del mandatario. Ejemplo, la popularmente conocida figura del nuevo “hombre del maletín”.
El hecho de que el presidente las ejecute, no implica que son actos legales, pero que sí deberá responder por ellos, en la misma medida en que tendrán que hacerlo subalternos que le acompañen. Estos últimos no están exentos de culpa, en caso de que la ley los reconozca como delincuentes tampoco podrán aducir en su descargo, que “sólo obedecían órdenes superiores”.
Esto es cierto para los policías que “doblan muñecas”, que capturan y confinan a ciudadanos en centros de contención de contagio; los elementos del Ejército, oficiales y soldados, que ejerzan “fuerza letal”, en la detención de pandilleros, así como los miembros del cuerpo carcelario que hayan sellado las celdas de presos hacinados en las que, como dijo el presidente, “ni un rayo de sol, penetrará allí”. No es reiterativo decir que obedecían órdenes superiores, como de igual manera podrán asumir que un alto funcionario les ordenó, mediante un “tuit”, llevar a cabo actos ilegales.
Esto lleva a reflexionar sobre la modalidad del gobierno de emitir criterios y dictar órdenes mediante medios virtuales: En primer lugar los “tuits” y los “post” en las redes sociales carecen totalmente de valor jurídico; segundo, no son garantía de legitimidad ya que ese tipo de mensajes pueden ser adulterados o “jaqueados”.
Por lo que la autoridad que los emite puede negar su legitimidad, dejando así, a los subalternos solos y desamparados para defenderse ante los juicios que ya están siendo ejecutados en este momento, como las demandas de quienes consideran que han sido afectados por detenciones y confinamientos ilegales durante la pandemia. Los policías y tropa involucrados corren el riesgo, ahora, de ser capturados y condenados por violaciones a la ley sin que puedan alegar inocencia, pues solo cumplían órdenes superiores.
El doctor Castillo resume el concepto diciendo, que “nadie está obligado a obedecer órdenes que impliquen la violación de una ley, Constitución o derechos humanos”.
(*) Abogado de la República
YA DESCANSE,SUS COMENTARIOS SON CERO A LA IZQUIERDA
Vaya salio de la cuarentena este viejo que solo sirve para Criticar! donde anduvo este dinosaurio que suda legalismo y constitucion todo este largo tiempo que Arena/fmln Saquearon este pais? Alucinan con su Constitucion cuando NO ha servido para NADA
Hay que ver a qué justicia ese viejo pelon se refiere;a la justicia real o la justicia prostituida,si, es a la prostiuida,se condena al inocente y se libera al culpable;en la justicia real esa se aplicaria al pie de la letra,¿es el caso en El Salvado
Señor abogado esas leyes son para delitos u otros actos que la misma ley castiga esto se trata de una pandemia y el gobierno solamente actúa de manera que la gente entienda la ley no se hizo pensando en pandemias
este señor si conoce de leyes pero que opina de todo lo que se han robado todos los gobiernos anteriores o es otro complice que se ha lucrado de ello, la pregunta es la constitucion politica y la democracia de El Salvador lo permite
Primeramente lo expresado por este Señor tiene aciertos pero lo extraño que no se lo aplica a la deshonorable asamblea legislativa que hoy por hoy históricamente no tiene al ejecutivo a favor de la asamblea como marioneta y servidor de grupos de pode
desafortunadamante la gente con poca educación propiedad o pertenencia apoya al presidente. ya que estos discursos jurídicos no los alcanza a comprender y menos entenderá las consecuencias de este mal gobierno…
BLA, BLA, BLA donde estaban todos estos intelectualuchos cuando dolarizaron el pais, cuando emigraron miles de comnacionales de todos los circulos sociales a diferentes paises????. este presidente no pertenece al Status Quo, NO MAS MALETINES NEGROS.