Este lunes 13 de enero, el ministro de Obras Públicas y Transporte (MOPT), Romeo Rodríguez Herrera, aclaró que, según el Reglamento de Tránsito y Seguridad Vial, está permitido transportar hasta ocho adultos y cuatro menores en los pick-ups de uso familiar, enfatizando que, esto aplica siempre y cuando no se exceda la capacidad del vehículo.
El ministro compartió el inciso 13 del artículo 77 del reglamento, el cual establece que este tipo de transporte es válido mientras las personas no viajen sentadas en los laterales del vehículo. Rodríguez enfatizó que esta normativa no ha sufrido cambios y sigue vigente.
Por su parte, el director General de Transporte Terrestre, Ismael Flores, reiteró que esta disposición aplica únicamente para pick-ups de uso familiar y no comercial. Además, recordó la importancia de respetar la capacidad máxima del vehículo para garantizar la seguridad de los pasajeros.
La aclaración responde a dudas surgidas en la población sobre posibles sanciones por transportar personas en la cama de pick-ups familiares.