La Fiscalía General de la República (FGR), presentará una demanda de inconstitucionalidad al decreto ejecutivo emitido ayer y que entró en vigencia esta madrugada, que declara un nuevo Estado de Emergencia nacional por 30 días a raíz de la pandemia del covid-19.
«Un estado de emergencia decretado por el presidente de la República debe ser sometido a control de la Asamblea Legislativa, por lo que emitir dicho Estado de Emergencia por un periodo de 30 días, resulta un acto de usurpación de facultades», dijo la FGR en un comunicado emitido a la 1:24 de esta madrugada de este domingo, cuando ya el decreto se encontraba vigente (entró en funciones a las 00 horas de hoy).
En tal sentido, la Fiscalía afirmó que presentará una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
La FGR aclaró que el artículo 24 de la Ley de Protección Civil otorga facultades al presidente de decretar un estado de emergencia, pero que «en este caso no se cumplen las condiciones» para ello, ya que la Asamblea no se encuentra imposibilitada para reunirse en estos momentos y analizar un estado de emergencia. Solamente este órgano de estado «tiene la legitimidad legal y constitucional» para hacer dicho análisis, reiteró la Fiscalía.
El ministerio público insistió en que el decreto ejecutivo anunciado «podría exceder sus competencias».
BUKELE RESPONDE A LA FISCALÍA
Por su parte, el presidente de la República, Nayib Bukele, respondió vía Twitter a la Fiscalía, diciendo que el comunicado que estos elaboraron diciendo que acudirán a la Sala de lo Constitucional fue elaborado «a la carrera», lo más probable porque lo habrían redactado bajo los efectos del sueño, ya que fue escrito por la madrugada.
«¿Ya leyeron la declaratoria de emergencia? Parece que sus jefes los despertaron a redactar este comunicado, a la carrera», manifestó el presidente, quien sostuvo que tal declaratoria no fue leída por el Consejo de Ministros, pues este no se había reunido, sino más bien, estuvo a cargo de la Comisión Nacional de Protección Civil.
Anoche, el secretario Jurídico de la Presidencia, Conan Tonathiu Castro, anunció que Bukele había decretado Estado de Emergencia por medio del decreto 593 y que sería publicado en el Diario Oficial, para que entrara en vigencia a partir de las cero horas de este domingo 17 de mayo.
Según el funcionario, el hecho de que se decreten 30 días más de Estado de Emergencia no significa que se violente el Estado de Derecho, ya que se mantienen las garantías constitucionales de todos los salvadoreños.
Castro, aseguró que el artículo 24 de la Constitución faculta al presidente a decretar Estado de Emergencia cuando la Asamblea Legislativa no está presente, por lo que indicó, que el presidente convocó a los diputados, pero que estos no se reunieron.
Los diputados de ARENA y del FMLN aseguran no fueron convocados a reunión como fracción, sino solo algunos diputados como Milena Mayorga, de ARENA, quien sí participó en la reunión.
Asimismo, el ministro de Salud, Francisco Alabi, emitió anoche un informe donde afirmó que El Salvador está «por entrar a un colapso» de casos de covid-19, donde el Estado no va hacer capaz de atender a todos los pacientes que lleguen a todos los centros hospitalarios del país.
Muy bien Sr Predidente…nuestras vidas valen mucho mas que la opinion estos politicos corruptos…!
Con una aprobación de mas del 90% de las personas encuestadas según la UCA de la gestión del Sr. Bukele ¿ Cuál es el reclamo, malestar, incorformidad, incomodidad del resto? Y que no manda la mayoría entonces.
Hay que aclarar algo: La Asamblea Legislativa, no quiso hacer sesión plenaria para declarar el estado de emergencia, le dejaron el espacio y un margen de acción al presidente. Si los diputados no asumen sus funciones, «Hay que disolver el Congreso»
Art. 24.- La Asamblea Legislativa por medio de decreto podrá declarar el Estado de Emergencia
en parte o en todo el territorio nacional, mediante petición que al efecto le dirigirá el Presidente de la
República, cuando el riesgo o peligro provocado p
provocado por un desastre para las personas, sus bienes, servicios
públicos o ecosistemas lo ameriten. Tomará como base la evidencia del riesgo o peligro y la ponderación
que le haga al respecto el Director General.
Si la Asamblea Legislativa no estuviere reunida podrá el Presidente de la República decretar el Estado de Emergencia, debiendo informar posteriormente al Órgano Legislativo. El decreto de Estado de Emergencia no implica la suspensión de las ucionale
Art. 25.- En caso de que se decrete el Estado de Emergencia, el Presidente de la República será
la autoridad máxima en la ejecución de los planes de contingencia de protección civil, así como también
de mitigación de desastres.
ARENA Y EL FISCAL Y LOS MAGISTRADOS SON UNA CUPULA DE CORUPTOS Y NARCOPANDILLEROS QUE YO ESPERO EN 2021 TODOS DEBERAN SER EXTRADITADOS A EEUU PARA QUE HAYA LOS JUSGUENY LOS ENCIEREN JUNTO CON EL CHAPO GUZMAN PIRQUE SON LA MISMA RATA DEL MISMO HOYO