La madrugada de este miércoles entra en vigencia el decreto ejecutivo número 26 que mantiene las medidas de cuarentena en todo el país hasta el sábado 6 de junio próximo, y que autoriza a la PNC a detener a las personas que violen las disposiciones para llevarlas a aislamiento o cuarentena obligatoria por 15 días, luego de una evaluación médica.
«El gobierno de El Salvador, a través del ministerio de Salud emitió este día el Decreto Ejecutivo 26 que establece una nueva cuarentena obligatoria desde el miércoles 20 de mayo hasta el sábado 6 de junio. Todo el territorio nacional deberá permanecer en resguardo domiciliar obligatorio y únicamente podrá salir de su residencia en los casos autorizados por dicha normativa», señala la legislación.
Este decreto prolonga la Ley de Cuarentena expirada ayer y, según el secretario jurídico, Conan Castro, las personas que infrinjan la disposición podrán ser llevadas por la fuerza a un centro de contención de acuerdo al artículo 136 del Código de Salud que reza: “Las personas que padezcan de enfermedades sujetas a declaración obligatoria o que sean cuarentenables, así como aquellas que, aún sin presentar manifestaciones clínicas de ellas, alberguen o diseminen sus gérmenes o hayan sido expuestas a su contagio, podrán ser sometidas a aislamiento, cuarentena; observación o vigilancia, por el tiempo y en la forma que lo determine el Ministerio, de acuerdo con los respectivos reglamentos”.
El gobierno publicó antes de la medianoche de este martes el decreto en Twitter donde señala: «Presentamos el documento completo del Decreto Ejecutivo 26, que entra en vigencia a partir de las 00:00 del 20 de mayo de 2020».
Algunas medidas que contiene el decreto son:
- Se mantiene la cuarentena obligatoria por 15 días.
- Las personas que vienen del extranjero deberán ir a cuarentena.
- No habrá transporte público excepto para el personal de salud.
- Se mantiene las mismas instituciones de Gobierno autorizadas.
- Se mantienen las instituciones y empresas privadas autorizadas, estas deberán dar el transporte a sus empleados.
- Las personas que tienen emergencia y no pueden transportarse pueden llamar al número 2121-4010.
- Las medicinas pueden comprarse aunque no le corresponda por su número de Documento Único de Identidad (DUI).
- Se prohíbe la movilización entre municipios.
- Las personas que trasladen mascotas enfermas por emergencia.
Por otra parte, la Sala de lo Constitucional, resolvió anteriormente que no se pueden retener a las personas en contra de su voluntad por violar el confinamiento; solamente se puede hacer mediante un decreto legislativo y en base a parámetros que demuestren que el presunto infractor es un posible foco de contagio de covid-19. La Asamblea no ha autorizado dichas detenciones.
DEMOLE VIAJE, EL QUE PUBLICA COMENTARIOS NEGATIVOS, HAGALO FACIL SALGA A LA CALLE A CONTAGIARSE. Y LISTO.
Para que lo sepa el mundo,sobre todo la Sala, la Asamblea, el Señorito Fiscal, la Anep, Abogados constitucionalistas o no, el Procurador de los DDHH, etc.por sino lo sabían,el señor Califa presidente de El Salvador ha dado GOLPE DE ESTADO!