Los diputados de la Asamblea Legislativa este jueves 5 de julio aprobaron varias reformas a la Ley de Protección al Consumidor, entre las que destacan subir a “infracción grave” la sanción a toda persona que realice publicidad que atente contra la dignidad de la persona, vulnere la imagen de la mujer, jóvenes, niños o grupos minoritarios.
Esta reforma se realizó para ir en armonía con la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, la cual en su artículo 9 expresa que «la publicidad sexista constituye violencia simbólica contra las mujeres, volviéndose necesario fortalecer la Ley de Protección al Consumidor». Importante destacar que la Ley indica que «no será responsable el medio de comunicación que la difunda (la publicidad)».
Otras de las reformas más importantes es la que prohíbe la publicación de nombres o datos personales, fotografías de deudores, codeudores, fiadores o sus familiares en cualquier medio de comunicación. Parte de esta reforma queda así:
“Art. 18: (Queda Prohibido a todo proveedor) Realizar gestiones de cobro difamatorias o injuriantes en perjuicio del deudor, codeudor, fiador o sus familiares; utilizar medidas de coacción física o morales para tales efectos; así como publicar por cualquier medio de comunicación nombres, datos personales o fotografías de personas naturales o jurídicas por incumplimiento de sus obligaciones crediticias. Esta prohibición también es aplicable a las personas naturales o jurídicas que se dediquen a gestiones de cobro”.
Las reformas también incluyen reglas sobre el comercio electrónico. Según la nueva reestructuración de la Ley, algunas de las obligaciones que tendrán los proveedores del sector comercio será reversar pagos que solicite el consumidor cuando ejerza su derecho de retracto, el producto no haya sido recibido o el contrato no ha sido prestado, por defectos o errores en las transacciones por fallas de pago de terceros; el plazo de la reversión de pago será 15 días desde el reclamo. Proporcionar historial de crédito tres veces al año de forma gratuita, por parte de los proveedores de servicios de crédito y financiero (actualmente es dos veces al año), entre otras.
Ante esto, la diputada Yanci Urbina del FMLN expresó que «las reformas indudablemente son una contribución para el desarrollo de nuestra Ley de Protección al Consumidor por las capacidades que tendrá la Defensoría para atender este tema».
https://twitter.com/AsambleaSV/status/1014926377546641409
A lo mejor los Diputones y Diputonas están en esa lista y no quieren que se sepa. CORRUPTOS, LADRONES.
Claro, que publiquen cuanto de deben al Estado no les conviene a los corruptos diputados ni a sus amos, atajo de sanguijuelas.
EXCELENTE LASTIMA QUE LOS ARENARCOS LO HACEN PARA QUE NO PUBLIQUE EL M.H., QUIENES SON LOS QUE LE DEBEN MILLONES AL ESTADO. PRINCIPALMENTE DE LA ANEP.
HAY EMPRESAS QUE UTILIZAN DOCUMENTOS EN FOTOCOPIAS Y LAS LLENAN CON DATOS FALSOS Y RECIENTES SIENDO ESTOS ACTOS YA PRESCRITOS HAY UNA EMPRESA QUE ESTA EN PLAZA SUIZA QUE HACE ESTAS LABORES Y PUBLICAN EN DICOM A LAS PERSONAS LO QUE VIOLAN A LAS PERSONAS FIADORES Y NO LES DAN CREDITOS ADEMAS LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS HACEN FIRMAR AL SOLICITANTE COMO MANERA DE PRESION DE O FIRMAS O NO HAY DIONERO EL DOCUMENTO QUE LES AUTORIZA A SER INVESTIGADOS EN OTRAS INSTITUCIONES LO QUE ES ILEGAL AYUDEN EN ESTO ESTAS SON BANCO AGRICOLA, SCOTIABAN DAVIVIENDA, HIPOTECARIO FSV, CREDOMATIC, COOPERATIVAS ETC
PRINCIPAL RAZON DE ESTA LEY ES QUE TODOS ELLOS(DIPUTADOS Y ALTOS FUNCIONARIOS DEL GOBIERNO APARECERIAN EN UNA LARGA LISTA)
SEÑORES SABEMOS QUE LAS LEYES LAS HACEN A SU MEDIDA .
EL PUEBLO YA NO ES EL MISMO DE HACE TREINTA AÑOS
Qué lástima que esta ley no la pusieron antes de que MAURICIO FUNES fuera el presidente, porque en todos los listados aparecía. Ahora aparece en el listado de los nuevos millonarios, en el listado de los prófugos y en el listado de la INTERPOL ¿qué habrá pasado?
Que jodiddo está El Salvador!!!!
! DESGRACIADOS SINVERGUENZAS CORRUPTOS LADRONES !