Por medio de un comunicado el Movimiento de Empleados de la Corte de Cuentas de la República (CCR), denuncian una serie de anomalías que a todo nivel se llevan a cabo en dicha institución y que no son corregidas por los magistrados, en particular por su presidenta Carmen Elena Rivas.
Uno de los puntos que critican los sindicalistas, son los incrementos salariales que han tenido algunas personas allegadas a la titular de Corte de Cuentas, y que no se escuchen las solicitudes de incrementos salariales del resto de empleados, entre ellos del psicólogo que tiene un plaza de motorista con un erogación mensual de $780.
Otro de los puntos que señalan, son los incrementos salariales que se harían efectivos para los magistrados y para sus asesores, sin contar los incrementos que se han repartido en la junta directiva de uno de los sindicatos de CCR, producto de una supuesta “economía de salarios” por no haber plazas oficiales, lo cual constituye una violación a la Ley de Corte de Cuentas.
De igual forma señalan, que la directora de Trasparencia de CCR no cumple con horario laboral y sin embargo no es objeto de sanciones, debido al amiguismo que existe en un alto nivel de esa entidad estatal.
Por otra parte, explican que es totalmente falso que el incremento salarial de $100 haya sido negociado por los miembros de la ADECC y los magistrados, ya que ese aumento se pudo aprobar sin necesidad de contrato colectivo, debido a que la Corte de Cuentas tiene un presupuesto anual de 39 millones de dólares.
Al mismo tiempo hacen ver, que los miembros de ese sindicato han logrado jugosos incrementos salariales para junta directiva valiéndose de sus cargos, lo cual ha sido del desagrado de algunos de sus miembros y por ello han optado por retirarse, atendiendo el llamado de los auditores y del Movimiento de Empleados de la Corte de Cuentas.
Se explica que ese sindicato tiene entre sus miembros a un aproximado de 400 socios, de un total de 1400 empleados que hay en CCR, por lo que el sindicato para firmar un contrato colectivo necesita del 51% del total del personal y sin embargo esperan suscribir el documento con la actual presidenta, aun sabiendo que el ministro de hacienda tiene que estar de acuerdo ante cualquier firma de contrato colectivo.
Finalmente hacen referencia al artículo 270 del Código de Trabajo que dice: “que para ejercer el derecho de celebrar por primera vez un contrato colectivo, es necesario que el sindicato tenga como afiliados no menos el cincuenta y uno por ciento de los trabajadores de la empresa o establecimiento”.
Odian a los trabajadores, no asisten a los eventos internos porque no aguantan verlos a la cara, agachan la cara, porque ya se sabe que son rateros.