Ante los «abusos» en las condiciones de pago de los contratos de los que son víctimas muchos tarjetahabientes y evitar cargos excesivos, así como garantizar en caso de muerte quede saldada la cuenta del usuario, la Comisión Financiera de la Asamblea Legislativa inició este 24 de abril el estudio a 14 artículos de la Ley del Sistema de Tarjetas de Crédito.
El análisis de este día se centró en el artículo 7, el cual plantea que deber ser obligatorio que el seguro contratado incluya cobertura en caso de robo, sustracción, pérdida, fraude y, en caso de fallecimiento del tarjetahabiente, cobertura total de la deuda.
Para el diputado Francisco Merino del PCN), estas reformas contienen una serie de elementos novedosos que permitirán garantizar los derechos del tarjetahabiente, entre los que destaca: “Evitar cargos excesivos, pero también, garantizar por ley que existan opciones para contratar seguros que cubran no solo robos, fraudes y extravíos sino también el caso de los saldos en el fallecimiento del tarjetahabiente, esto no se había considerado anteriormente”.
Respecto a las opciones de contratación de seguros, el diputado Javier Palomo (ARENA) manifestó: “Creemos convenientes que, así como a uno le puedan ofrecen diferentes coberturas, también debe haber las alternativas de paquete completo y otra por fallecimiento”.
Por su parte, el diputado Juan José Martel (CD) considera que “la clave es dejar asegurado al tarjetahabiente en caso de que haya fallecimiento». «Nos parece que debe haber un paquete que debería de ser obligatorio, de manera que debe garantizar que en caso de muerte quede saldada la cuenta”, añadió.
Actualmente, si los usuarios no contratan un seguro de deuda para sus tarjetas, las deudas se heredan.
Es importante destacar que previo a este análisis, se han hecho consultas a instituciones como la Asociación Bancaria Salvadoreña (ABANSA) y la Superintendencia del Sistema Financiero.
Los diputados acordaron continuar la próxima semana con el estudio de estas reformas.
https://twitter.com/AsambleaSV/status/1121163346055782400
No se que tan errado estoy….. pero las deudas solo pueden heredarse si existe aceptación de la deuda…. por lo tanto si el tarjetahabiente fallece nadie tiene la obligacion de pago.
Mi esposa dejó dos deudas: en SIMAN y en SEARS. Los de Sears fueron SOLIDARIOS: ok, quitaremos todos los intereses y cuando pueda viene a abonar a deuda. SIMÁN cobró el interés, la mora del mes del fallecimiento y pague todo o cárcel.
Lo que los «padres de la patria» deberían hacer es luchar para que los bancos no sigan chupando la sangre del pueblo, intereses altos, interés sobre interés, comisiones, etc…, las deudas no se heredan a menos que tenga firma de fiador