Con 57 votos, la Asamblea Legislativa aprobó este martes, la Ley Especial y Transitoria que otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y otras Multas, a fin de eliminar recargos a usuarios en mora o intereses en multas de tránsito.
La ley de amnistía, que contiene 13 artículos, ayudará a la población que se haya retrasado en el pago de sus impuestos a qué puedan cancelarlos sin que se le imponga multas. El pago se realizará por cuotas.
La normativa otorgará un plazo de nueve cuotas mensuales. La primera será un 10 % de la deuda el día que se emita la resolución.
“Este beneficio ayuda en dos vías: la primera de ellas es para mejorar y aumentar la recaudación fiscal; mientras que la segunda, es el apoyo que tendrá cada uno de los contribuyentes que hasta el día de hoy no se encuentran solventes con sus declaraciones tributarias”, aseguró la parlamentaria Dania González.
El plazo que el Ministerio de Hacienda solicitó para que se implemente la normativa es de 90 días calendario, a partir de su entrada en vigencia.
Podrán beneficiarse con este decreto aquellos contribuyentes que están en proceso de fiscalización, Unidad de Audiencias y Tasaciones (UAT), Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas (TAIIA), sede de la Fiscalía General de la República (FGR) y sede judicial.
De hecho, los usuarios que presentaron su formulario del Impuesto sobre la Renta y que no hicieron los pagos correspondientes a Hacienda, lo cual genera una multa del 100 %, podrán ser perdonados de cancelar ese porcentaje.
“Parte de la responsabilidad fiscal es facilitar las herramientas, a través de la Asamblea Legislativa, para que todos los salvadoreños recuperen el estatus de solvente y esto significa poder obtener un crédito bancario, realizar la compra o venta de algún inmueble, poder participar en las diferentes transacciones económicas, entre otras”, expresó el diputado William Soriano.
No se perdonará multas de tránsito
En la exoneración de recargos por intereses generados en las multas de tránsito, estas no serán eximidas debido a que el fisco no tiene la facultad para eliminar algo de esa naturaleza, pero sí las facultades legales para solicitar que se exima de los intereses por las multas correspondientes en materia de red vial.
Es decir, que si alguien tiene alguna multa de tránsito y no ha podido pagarla al Viceministerio de Transporte puede apegarse a este decreto y tendrá alrededor de 90 días para hacer la cancelación.
Los contribuyentes también serán exonerados de multas determinadas por la administración pública, pero se excluyen las municipalidades.
Esta bien pero muy corto el plazo de pago de unos 2 años al menos hay voluntad de pagar pero no hay dinero para eso y por favor incluyan a las alcaldías que son muy usureros algunas y las personas pierden sus inmuebles por no poder pagar sus deudas
Incluyan a las alcaldías impuestos con usura y sin razón de ser como cobrar fiestas de las que no todos participan o alumbrado sin tener mucha gente pierde sus propiedades porque no pueden pagar por plazos muy cortos y señores La Página no borren
Que chivo ( mulas son ) unos pagamos al contado y otros en una hamaca dándose aire
y el pisto de la UES cuando la darán $ 65 millones