La Dirección General de Tránsito Nacional de la Policía, en cumplimiento de una orden del dictador Daniel Ortega, informó que a partir de este martes 17 de junio se reducen los límites de velocidad en todo el país.
El nuevo máximo permitido será de 50 kilómetros por hora en todas las carreteras para vehículos particulares, transporte público, de carga y de pasajeros.
En el caso de las motocicletas, la velocidad máxima será de 40 kilómetros por hora. Además, se reiteró que queda prohibido transportar a menores de edad como pasajeros en este tipo de vehículos.
Estos cambios están contenidos en la nota informativa 001-2025 divulgada por la Policía subordinada al régimen.
La nueva normativa contradice lo establecido en la Ley 431, que fija los límites de velocidad en 45 km/h en zonas urbanas, 60 km/h en pistas fuera del perímetro urbano y hasta 100 km/h en carreteras.
Sin embargo, la comisionada general Vilma Reyes, jefa de Tránsito Nacional, ya había declarado en medios oficialistas que, pese a lo estipulado legalmente, la velocidad máxima en carretera se estaba aplicando en 80 km/h, en coordinación con el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).
La imposición de esta medida ocurre luego de que Ortega anunciara a inicios de junio que su gobierno trabajaba en un plan para restringir la velocidad, sugiriendo que el nuevo límite estaría entre los 50 y 60 km/h.
Aunque admitió que la medida podría afectar al comercio, afirmó que se debía priorizar “la vida por encima de todo”.