Los diputados aprobaron con 78 votos, una enmienda al artículo 627 del Código de Trabajo con el que se evitará que el patrono cometa arbitrariedades con los empleados, como el no pago de aguinaldos, asuetos, vacaciones, horas extras, entre otros derechos.
La reforma eleva las sanciones hasta 12 salarios mínimos a los empleadores del sector industria por cada infracción por impago de vacaciones, aguinaldos, horas extras, asuetos, descansos, no entrega de constancia de trabajo, indemnización por despido injustificado, entre otras.. Antes de su aprobación, la multa era de $57.14, es decir, la patronal prefería pagarla y no cumplir con sus obligaciones hacia los trabajadores.
“Esta Asamblea Legislativa está trabajando por reivindicar lo que nunca se hizo por ustedes”, dijo el diputado Edgardo Mulato, de Nuevas Ideas, en referencia a los trabajadores de operadores de call center, maquilas, agencias de seguridad privada, empresas de limpieza, sector agrícola, entre otros, a quienes históricamente se les han incumplido sus garantías laborales.
“Al aumentar las sanciones estamos impulsando una realidad en congruencia con otras leyes. Estamos haciendo una reingeniería en la estructura normativa que fue formulada por partidos que violentaron los derechos laborales”, dijo por su parte, Jorge Castro.
Caleb Navarro, del mismo instituto político, expresó que en el tiempo los empleados son los que han sufrido las arbitrariedades de sus patronos: “históricamente en este país, los empleadores de las grandes empresas son quienes siempre se han burlado de los trabajadores”.
Castro abonó que desde que se creó el Código de Trabajo en 1972, se hizo con el fin de favorecer a la parte empresarial; pese a ello, el Fmln nunca hizo nada para favorecer a “la clase obrera”, sentenció Navarro.